Agencia:
Administración y Trans. de los Recursos Humanos (OATRH)
Número:
3861
Estado:
Activo
Año:
1989
Fecha:
7 de febrero de 1989
El Memorando Núm. 22-79, con fecha del 22 de octubre de 1979, informa a los Secretarios de Gobierno y Jefes de Agencias sobre una enmienda crucial al Reglamento de Personal de la Administración Central. Esta modificación, impulsada por la Ley Núm. 1 del 17 de julio de 1979, afecta los incisos (2) y (6) de la Sección 7.6. La enmienda principal consiste en aumentar de cinco a diez el número de candidatos elegibles que pueden ser certificados para cubrir puestos permanentes vacantes. El objetivo es agilizar el proceso de selección y permitir una mayor participación de los inscritos en los registros de elegibles. La experiencia previa demostró que el límite de cinco candidatos a menudo resultaba en la imposibilidad de hacer una selección inicial, causando dilaciones y afectando negativamente a los elegibles. Con la nueva disposición, si al menos cinco candidatos disponibles son certificados y no hay más elegibles en el registro, la autoridad nominadora deberá seleccionar a uno de ellos. Asimismo, el inciso (6) se enmendó para permitir la certificación de hasta diez elegibles adicionales por cada puesto vacante adicional en la misma clase. Estas enmiendas entraron en vigor el 27 de septiembre de 1979, buscando optimizar la cobertura de vacantes.
22 de octubre de 1979
MEMORANDO NUM. 22-79
A : Señores Secretarios de Gobierno y Jefes de Agencias comprendidas en la Administracion Central
De : Lic. José Roberto Feijoo Director
Asunto : Enmienda a los inosos (2) y (6) de la Sección 7.6 del Reglamento de Personal: Administracion Central
La Ley Núm. 1 de 17 de julio de 1979, enmendó la Ley de Personal del Servicio Público de Puerto Rico en algunas de sus disposiciones. Una de las enmiendas efectuadas fue en su Sección 4.3 inciso 9
(a) y citamos: "9. Los puestos permanentes vacantes se cubrirán mediante un proceso de selección que inclu...
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