Agencia:
Corp. de Crédito y Desarrollo Comercial y Agrícola
Número:
3857
Estado:
Activo
Año:
1989
Fecha:
7 de febrero de 1989
Este Reglamento establece las normas para los procedimientos de adjudicación de la Corporación de Crédito Agrícola del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Se adopta conforme a la Sección 3.2 del Capítulo III de la Ley Número 170 del 12 de agosto de 1988, conocida como Ley de Procedimientos Administrativos Uniforme. Su propósito principal es sistematizar y crear un cuerpo uniforme de reglas mínimas para las determinaciones de la Corporación en procesos adjudicativos. Estas determinaciones implican la emisión de órdenes o resoluciones que definen los derechos y deberes legales de personas específicas. El Reglamento es aplicable a todos los procedimientos adjudicativos que se ventilen ante la Corporación de Crédito Agrícola. Además, incluye un glosario de definiciones esenciales para la correcta interpretación y aplicación de sus disposiciones, abarcando términos como "Agencia", "Adjudicación", "Agricultor" y "Oficial Examinador".
3757 Fecha 4/599 5:30p:15: Aprobado: Sila M. Calarón
Estado Libre Asociado de Puerto Rico CORPORACION DE CREDITO AGRICOLA Hato Rey, Puerto Rico Por:
Secretario de Estado Sefretario de Estado Sefretario Auxiliar de Estado
REGLAMENTO PARA REGULAR LOS PROCEDIMIENTOS DE ADJUDICACION
Este Reglamento se adopta en virtud de lo dispuesto en la Sección 3.2 del Capítulo III sobre Procedimientos Adjudicativos de la Ley Número 170 del 12 de agosto de 1988 conocida como Ley de Procedimientos Administrativos Uniforme del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
Artículo II. Propósito
Este Reglamento...
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