Agencia:
Departamento de Estado
Número:
3841
Estado:
Activo
Año:
1989
Fecha:
7 de febrero de 1989
El reglamento establece las normas para los procedimientos de adjudicación en la Oficina de Exención Contributiva Industrial de Puerto Rico, regulando las solicitudes y oposiciones a la concesión de exenciones. Su base legal son las Leyes Núm. 170 de 1988 y Núm. 8 de 1987, aplicándose a todos los procesos adjudicativos ante dicha oficina. Define roles clave como "Opositor", "Peticionaria" y "Examinador", así como el concepto de "Vistas" administrativas. Los procedimientos se inician con la radicación de una moción o solicitud juramentada. Para las oposiciones a decretos de exención, el escrito debe detallar los fundamentos y ser notificado a las partes interesadas. Se establece un plazo de diez días laborables para radicar la oposición tras el aviso público, y veinte días para que el peticionario presente su contestación. Las notificaciones de vista se realizan con diez días de antelación, y la incomparecencia puede llevar a la desestimación del caso. La representación legal es requerida, aunque las partes pueden optar por defenderse por derecho propio.
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO OFICINA DE EXENCION CONTRIBUTIVA INDUSTRIAL SAN JUAN, PUERTO RICO
Sección 1 - Base Legal y Propósito El propósito de este reglamento es el de establecer las normas para regular los procedimientos de adjudicación en la oficina de Exención Contributiva Industrial, a tenor con las disposiciones de la Ley Núm. 170 del 12 de agosto de 1988 y la Ley Núm. 8 de 24 de enero de 1987, según enmendada.
Sección 2 - Autoridad Legal Se aprueba este reglam...
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