Agencia:
Oficina del Comisionado de Seguros
Número:
3811
Estado:
Activo
Año:
1989
Fecha:
7 de febrero de 1989
Las enmiendas al Reglamento del Código de Seguros de Puerto Rico, específicamente a la Regla LIV, establecen los derechos que deben pagarse por la inscripción de archivos ante el Comisionado de Seguros. Esta normativa, fundamentada en la Ley Núm. 66 de 27 de mayo de 1976, tiene como propósito fijar las tarifas que toda persona, organismo tarifador, asegurador u organización de servicios de salud deberá abonar al Secretario de Hacienda. Los pagos corresponden a la presentación de diversos documentos relacionados con seguros, tales como formularios de pólizas, solicitudes, certificados, aditamentos impresos, endosos, manuales de tipos, listas de tipos, clasificaciones de riesgo y planes tarifarios. Estos archivos están sujetos a aprobación conforme a varios artículos del Código de Seguros de Puerto Rico. La Regla LIV también define exhaustivamente términos clave como "archivo general", "archivo particular", "archivo de tipos", "archivo de reglas", "programa de líneas múltiples" y "revisión o modificación de un archivo". Estas definiciones son esenciales para determinar la aplicación y el cómputo de los derechos por los distintos tipos de presentaciones requeridas por la industria aseguradora.
Estado Libre Asociado de Puerto Rico 10 de Estado OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGBROS Secretaria Auxiliar de Estado
Sección 1. - En virtud de las disposiciones del Artículo 1 de la Ley Núm. 66 de 27 de mayo de 1976, según enmendada, notifico a la industria de seguros, al público suscrito de seguros y al público en general, la aprobación de una enmienda a la Regla LIV del Reglamento del Código de Seguros de Puerto Rico, que leerá como se indica a continuación:
Derechos por Concepto de la Inscripción de Archivos ante el Comision...
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