Agencia:
Departamento de Agricultura
Número:
3700
Estado:
Activo
Año:
1988
Fecha:
28 de diciembre de 1988
La Cuarentena Doméstica Número 6, emitida por el Departamento de Agricultura de Puerto Rico el 28 de diciembre de 1988, establece medidas para la erradicación del Loque Americano en las abejas. Este documento reconoce el valor extraordinario de las abejas como polinizadoras agrícolas y productoras de miel, esenciales para la economía local. Sin embargo, la enfermedad del Loque Americano, causada por la bacteria Bacillus larvae, representa una amenaza grave al ser incurable, altamente contagiosa y destructiva para las colmenas. Por ello, se declara el Loque Americano, las abejas infectadas y el equipo contaminado como estorbo público, ordenando su destrucción inmediata por fuego. El procedimiento incluye la inspección por personal autorizado, la notificación escrita al dueño del apiario y la destrucción obligatoria de colmenas infectadas o no examinables. Los apicultores deben proveer el personal para estas tareas o cubrir los gastos del Departamento. Se compensará a los apicultores con materiales para reemplazar las colmenas destruidas. Además, los apiarios afectados serán puestos en cuarentena hasta que se confirme su saneamiento.
Núm 3700 Fecha 28 de digiembre 211988 Aprobado: Silla M. Cardoso ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO Departamento de Agricultura San Juan, Puerto RicoPor: Secretaria Auxillar de Estado
POR CUANTO, las abejas Apis mellífera rinden un beneficio extraordinario a la agricultura del país, ya que sirven de polinizadores que hacen posible las cosechas agrícolas de la cual dependen, directa o indirectamente, muchos puertorriqueños;
POR CUANTO, las abejas producen miel, cera y otros productos de l...
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