CodeXpr
Beta v0.7
BuscarStudio | Chat¿Cómo Funciona?Acerca de
LeyesCasosReglamentosÓrdenes EjecutivasBúsqueda

© 2026 CodeXpr. All rights reserved.

Terms of UseSupport

Powered by NeoInertia

Reglamentos/Agencias/Departamento del Trabajo y Recursos Humanos/Reglamento 3594

Reglamento 3594

Activo

Reglamento enmendado del Secretario del Trabajo y Recursos Humanos estableciendo el procedimiento para acreditar o certificar agrupaciones bona-fide de Servidores Públicos. ENMENDADO 8196

Información del Reglamento

Agencia:

Departamento del Trabajo y Recursos Humanos

Número:

3594

Estado:

Activo

Detalles Técnicos

Año:

1988

Fecha:

6 de abril de 1988

Descripción

El Departamento del Trabajo y Recursos Humanos de Puerto Rico ha promulgado un reglamento enmendado que detalla el procedimiento para la acreditación o certificación de agrupaciones bona-fide de servidores públicos. Este marco normativo se aplica a grupos de empleados del gobierno, incluyendo departamentos, agencias e instrumentalidades municipales, organizados para fomentar su progreso socioeconómico y la eficiencia en la administración pública, conforme a las Leyes Núm. 134 de 1960 y Núm. 139 de 1961. Las agrupaciones solicitantes deben radicar una petición escrita que incluya su nombre, dirección, fines, un historial de actividades y copias de su constitución o reglamento. El Secretario del Trabajo y Recursos Humanos notificará al jefe de la entidad empleadora, quien dispondrá de diez días laborables para presentar cualquier objeción. El Secretario tiene la potestad de solicitar pruebas adicionales para verificar la autenticidad y los propósitos de la agrupación. Tras evaluar la solicitud y las posibles objeciones, el Secretario resolverá en un plazo de treinta días. Si se cumplen todos los requisitos y se demuestra el carácter bona-fide, se expedirá la acreditación o certificación correspondiente. Esta certificación es fundamental, ya que permite la autorización de descuentos de salarios por concepto de cuotas a favor de la agrupación reconocida.

Contenido del Reglamento

Estado Libre Asociado de Puerto Rico DEPARTAMENTO DEL TRABAJO Y RECURSOS HUMANOS Oficina del Secretario Hato Rey, Puerto Rico

Per: $\frac{ ext { Secretaria Auxiliar de Estado }}{ ext { Secretaria Auxiliar de Estado }}$ REGLAMENTO ENMENDADO DEL SECRETARIO DEL TRABAJO Y RECURSOS HUMANOS ESTABLECIENDO EL PROCEDIMIENTO PARA ACREDITAR O CERTIFICAR AGRUPACIONES BONA-FIDE DE SERVIDORES PUBLICOS AL AMPARO DE LAS DISPOSICIONES DE LA LEY NUM. 134 DE 19 DE JULIO DE 1960 Y DE LA LEY NUM. 139 DE 30 DE JUNIO DE 1961

Artículo 1.- El presente Reglamento se promulga al amparo de la facultad conferida al S...

Page 1

Crea una Cuenta Gratis

Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.

Sin tarjeta de crédito