Agencia:
Departamento de Recreación y Deportes
Número:
3514
Estado:
Activo
Año:
1987
Fecha:
20 de octubre de 1987
El Departamento de Recreación y Deportes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, mediante este documento fechado el 20 de octubre de 1987, deroga el Reglamento del Deporte de Pesos Aficionados. Dicho reglamento había sido aprobado el 18 de julio de 1957 y radicado ante el Secretario de Estado el 10 de septiembre de 1957, siendo publicado en el Título 15 de la Colección de Reglas y Reglamentos de Puerto Rico, Edición de 1959. La derogación se justifica porque el reglamento original fue promulgado bajo la Antigua Ley de la Administración de Parques y Recreos Públicos. Esta ley ha sido reemplazada, y el reglamento resulta inoperante bajo las disposiciones de la Ley 126 del 13 de junio de 1980. La Ley 126 es la creadora del actual Departamento de Recreación y Deportes. La acción es firmada por Leonardo González Rivera, Secretario del Departamento.
Héctor Luis Acevedo
DEPARTAMENTO DE RECREACIÓN Y DEPORTES
DERECHA ANABILIA DE ESTADO
Pág. 107
DERECHA ANABILIA DE ESTADO
Por la presente se deroga el Reglamento del Deporte de Pesos Aficionados el cual está publicado en el Título 15 de la Colección de Reglas y Reglamentos de Puerto Rico, Edición de 1959 y radicado ante el Secretario del Departamento de Estado desde 1957.
El mismo fue promulgado al amparo de las disposiciones de la Antigua Ley de la Administración de Parques y Recreos Públicos, por lo que al presente resulta inoperante bajo las disposiciones de la Ley 126 del 13 de junio de 1980, según enmendada, creadora del Departamento de Recreación y Deportes.
Reglamento del Deporte de Pesos
Aficionados - Aprobado en julio
18, 1957. Radicado ante el
Secretario de Estado en septiembre
10, 1957, Expediente Núm. 62.
Dado en San Juan, Puerto Rico a 20 de octubre de 1987.
LEONARDO GONZÁLEZ RIVERA
SECRETARIO
DEPARTAMENTO DE RECREACIÓN Y DEPORTES
Agencia:
Departamento de Recreación y Deportes
Número:
3514
Estado:
Activo
Año:
1987
Fecha:
20 de octubre de 1987
El Departamento de Recreación y Deportes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, mediante este documento fechado el 20 de octubre de 1987, deroga el Reglamento del Deporte de Pesos Aficionados. Dicho reglamento había sido aprobado el 18 de julio de 1957 y radicado ante el Secretario de Estado el 10 de septiembre de 1957, siendo publicado en el Título 15 de la Colección de Reglas y Reglamentos de Puerto Rico, Edición de 1959. La derogación se justifica porque el reglamento original fue promulgado bajo la Antigua Ley de la Administración de Parques y Recreos Públicos. Esta ley ha sido reemplazada, y el reglamento resulta inoperante bajo las disposiciones de la Ley 126 del 13 de junio de 1980. La Ley 126 es la creadora del actual Departamento de Recreación y Deportes. La acción es firmada por Leonardo González Rivera, Secretario del Departamento.
Héctor Luis Acevedo
DEPARTAMENTO DE RECREACIÓN Y DEPORTES
DERECHA ANABILIA DE ESTADO
Pág. 107
DERECHA ANABILIA DE ESTADO
Por la presente se deroga el Reglamento del Deporte de Pesos Aficionados el cual está publicado en el Título 15 de la Colección de Reglas y Reglamentos de Puerto Rico, Edición de 1959 y radicado ante el Secretario del Departamento de Estado desde 1957.
El mismo fue promulgado al amparo de las disposiciones de la Antigua Ley de la Administración de Parques y Recreos Públicos, por lo que al presente resulta inoperante bajo las disposiciones de la Ley 126 del 13 de junio de 1980, según enmendada, creadora del Departamento de Recreación y Deportes.
Reglamento del Deporte de Pesos
Aficionados - Aprobado en julio
18, 1957. Radicado ante el
Secretario de Estado en septiembre
10, 1957, Expediente Núm. 62.
Dado en San Juan, Puerto Rico a 20 de octubre de 1987.
LEONARDO GONZÁLEZ RIVERA
SECRETARIO
DEPARTAMENTO DE RECREACIÓN Y DEPORTES