Agencia:
Departamento del Trabajo y Recursos Humanos
Número:
3403
Estado:
Activo
Año:
1987
Fecha:
23 de enero de 1987
Esta Regla Especial Número 2 del Secretario del Trabajo y Recursos Humanos de Puerto Rico establece las directrices para el Programa Regular de Empleo, Adiestramiento y Readiestramiento en el Empleo. Su propósito principal es reglamentar la evaluación y aprobación de propuestas de patronos para la creación permanente de oportunidades laborales. Esto se logra mediante empleo directo, adiestramiento o readiestramiento en grandes empresas, apoyado por un incentivo salarial. Los patronos deben cumplir requisitos específicos al someter propuestas, asegurando que no desplacen empleados existentes ni violen contratos. Además, tienen la responsabilidad de seleccionar participantes a través del Servicio de Empleo y comprometerse a emplear permanentemente al menos el 85% de ellos tras finalizar el proyecto. El incentivo salarial se concede por un máximo de un año, exclusivamente para la creación de nuevos empleos permanentes a tiempo completo que cumplan con la jornada laboral y el salario mínimo. Los pagos se realizan por concepto de reembolso, y existe un proceso de reconsideración para las solicitudes denegadas.
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO REV DEPARTAMENTO DEL TRABAJO Y RECURSOS HUMANOS OFICINA DEL SECRETARIO HATO REY, PUERTO RICO
REGLA ESPECIAL NUMERO 2
I. TITULO
Esta Regla se conoce como la "Regla Especial Número 2 del Secretario del Trabajo y Recursos Humanos para Gobernar y Reglamentar los aspectos concernientes al Programa Regular de Empleo, Adiestramiento y Readiestramiento en el Empleo".
II. AUTORIDAD LEGAL
Esta Regla Especial se promulga al amparo de la autoridad concedida por la Sección 10 de la Ley Núm. 139 del 26 de junio de 1968, conocida como Ley de Beneficios por Incapacidad, ...
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