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Reglamentos/Agencias/Departamento del Trabajo y Recursos Humanos/Reglamento 3095

Reglamento 3095

Activo

Enmienda al Reglamento Núm. 4, Parte 1910, "Hazard Comunication", Vol. 48, Núm. 228 of November 25, 1983 (53280-53346); "Revocation of Advisory and Repetitive Standard" Vol. 49, Núm. 29 of February 10, 1984 (5318-5324).

Información del Reglamento

Agencia:

Departamento del Trabajo y Recursos Humanos

Número:

3095

Estado:

Activo

Detalles Técnicos

Año:

1984

Fecha:

16 de mayo de 1984

Descripción

El Secretario del Trabajo y Recursos Humanos de Puerto Rico certifica la radicación de la versión en español de la norma federal sobre la Revocación de Normas Repetitivas y Consultivas, conforme a la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de Puerto Rico. Esta norma, un reglamento final de la Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA) de EE. UU., revoca 153 de 194 disposiciones de las Normas de la Industria General (29 CFR Parte 1910). Las disposiciones eliminadas utilizaban lenguaje consultivo ("debe") en lugar de mandatorio ("deberá"), eran repetitivas o habían sido adoptadas erróneamente. Sin embargo, 41 disposiciones propuestas inicialmente para revocación se conservaron por su valor como guía o su conexión con requisitos mandatorios. El reglamento también enmienda la sección 1910.6 para clarificar que solo las disposiciones mandatorias incorporadas por referencia son adoptadas como normas de OSHA. El propósito de esta acción es simplificar las responsabilidades de ejecución de OSHA y mejorar la claridad de las normas para los patronos. Este reglamento final entró en vigor el 10 de febrero de 1984, y su versión original fue radicada en el Departamento de Estado de Puerto Rico el 16 de mayo de 1984 bajo el número 3095.

Contenido del Reglamento

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

Departamento del Trabajo y Recursos Humanos

OFICINA DEL SECRETARIO

Hato Rey, Puerto Rico
3095
16 de marzo de 1984 9:25 a 4:35
Fecha 17 de 1984 9:25 a 4:35

Aprobado: Sila M. Calderón

Secretaría de Estado

Por: Laurita Dos Cuevas

Secretaria Auxiliar de Estado

CERTIFICACIÓN

Yo, Juan M. Rivera González, Secretario del Trabajo y Recursos Humanos, a tenor con lo dispuesto en la Sección 8(b) de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de Puerto Rico, Ley Núm. 16 de 5 de agosto de 1975 (29 LPRA 361 y siguientes), según e...

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