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Reglamentos/Agencias/Departamento de Agricultura/Reglamento 3049

Reglamento 3049

Activo

Controla el movimiento de ganado en Puerto Rico. Anula regl. 2853, 2883. enmendado Regl. 5078. No incluido índice Ley 149 12-dic-2005

Información del Reglamento

Agencia:

Departamento de Agricultura

Número:

3049

Estado:

Activo

Detalles Técnicos

Año:

1983

Fecha:

3 de noviembre de 1983

Descripción

Este reglamento, emitido por el Departamento de Agricultura del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, tiene como propósito principal controlar el movimiento de ganado en la isla. Busca determinar la procedencia de los animales para prevenir y erradicar enfermedades infecto-contagiosas mediante programas establecidos. El documento establece requisitos de licencia para todo traficante en ganado, así como para sus agentes o corredores, exigiendo información detallada y un certificado de antecedentes penales para su expedición. Las licencias tienen una vigencia de cuatro años y deben ser mostradas a los inspectores cuando se requiera.

Además, el reglamento detalla las normas para la identificación del ganado transportado, diferenciando entre animales destinados a la matanza inmediata y otros propósitos, requiriendo marcas oficiales, herretes o pantallas permanentes. Los dueños, criadores o traficantes están obligados a mantener su ganado debidamente marcado en sus fincas. El incumplimiento de estas normas de identificación resultará en la detención y confinamiento del ganado sin marca en instalaciones designadas por el Secretario, con los gastos a cargo del dueño. Si el ganado no es reclamado o los gastos no son cubiertos en 72 horas, el Departamento podrá subastarlo para matanza. El reglamento también define términos clave como "Secretario", "Departamento", "Inspector", "Ganado" y "Marca Oficial" para su correcta aplicación.

Contenido del Reglamento

Sistilo Libre Asociado de Puerto Rico DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA San Juan, Puerto Rico

Núm, 3049 Fecha: 4.4.1923.3.38

Aprobado: Carlos S. Quiros Secretario de Estado

Por: Lauren R. DeLanini Secretaria Auxiliar de Estado

REGLAMENTO PARA REGIR EL MOVIMIENTO DE GARANTES EN PUERTO RICO Y PARA PROPAR EL REGLAMENTO SOBRE ESTE MISMO ASUNTO ANT. 1923, POR EL MOVIMIENTO DE AGRICULTURA EL 25 DE JUNIO DE 1922.

Artículo I.- Propósitos del Reglamento

Este Reglamento tiene como propósito controlar adecuadamente el movimiento de ganado en Puerto Rico de forma tal que se pueda determinar la procedenc...

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