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Reglamentos/Agencias/Departamento del Trabajo y Recursos Humanos/Reglamento 2999

Reglamento 2999

Activo

Enmienda al Reglamento Núm. 4, Parte 1910, Materiales Peligrosos, Exención de Encayado y Aparatos de Enganche Abierto; Vol. 47, Núm. 173 de 7 de septiembre de 1982 (39161-39164).

Información del Reglamento

Agencia:

Departamento del Trabajo y Recursos Humanos

Número:

2999

Estado:

Activo

Detalles Técnicos

Año:

1983

Fecha:

13 de junio de 1983

Descripción

El Secretario del Trabajo y Recursos Humanos de Puerto Rico, Juan M. Rivera González, certifica la radicación de las versiones en español de cinco normas de la Administración de Seguridad y Salud en el Trabajo (OSHA). Esta acción se realiza conforme a la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de Puerto Rico, Ley Núm. 16 de 1975. Las normas incluyen regulaciones sobre Materiales Peligrosos, Seguridad en Astilleros, Buceo Científico-Educativo, Volátiles de Alquitrán de Hulla y Plomo.

Una de las normas detalladas es la Regla Final de OSHA sobre "Materiales Peligrosos, Exención de Encargado y Aparatos de Enganche Abierto" (29 CFR Parte 1910). Esta regla revisa la normativa de OSHA para permitir el uso de dispositivos de enganche abierto en las boquillas de gasolina en estaciones de autoservicio. Además, revoca la exención que obligaba a las estaciones de servicio privadas a tener un encargado, ya que esta disposición no es necesaria bajo las normas de OSHA.

Estas modificaciones buscan corregir problemas y conflictos entre las normas existentes de OSHA y los estándares de consenso reconocidos a nivel nacional. La regla final sobre materiales peligrosos entró en vigor el 7 de septiembre de 1982. La certificación de las traducciones al español en Puerto Rico fue emitida el 24 de marzo de 1987.

Contenido del Reglamento

Estado Libre Asociado de Puerto Rico - 21983 3:280165 DEPARTAMENTO DEL TRABAJO Y RECURSOS HUMANOS Oficina del Secretario Hato Rey, Puerto Rico Hector Luis Acevedo Secretario de Estado

Por: Kamal R. Balan Secretaria Auxiliar de Estado

CERTIFICACION

Yo, Juan M. Rivera González, Secretario del Trabajo y Recur- sos Humanos, a tenor con lo dispuesto en la Sección 8(b) de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de Puerto Rico, Ley Núm. 16 de 5 de agosto de 1975 (29 LPRA 361 y siguientes), según enmendada, procedo a radicar la versión al español de las siguientes normas:

  1. Materiales Peligro...
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