Agencia:
Departamento de Agricultura
Número:
2995
Estado:
Activo
Año:
1983
Fecha:
14 de junio de 1983
Este documento introduce enmiendas al Reglamento de Mercado Núm. 14, "Para Regir los Embarques de Café del Estado Libre Asociado de Puerto Rico", aprobado originalmente en 1976. Las modificaciones, aprobadas el 8 de junio de 1983, buscan fortalecer el control sobre la calidad y exportación del café puertorriqueño.
Se enmienda el Artículo III, inciso E, apartado 4, para incluir como motivo de suspensión o cancelación de licencia el embarque de café en su estado natural que no cumpla con los requisitos de calidad establecidos en el Artículo V. Este último artículo también es modificado sustancialmente.
El Artículo V ahora estipula que la exportación o embarque de café producido en Puerto Rico requiere autorización escrita del Secretario de Agricultura. Además, se impone un límite anual a la exportación de café, no pudiendo exceder los cien mil (100,000) quintales o una tercera (1/3) parte de la cosecha, lo que resulte menor.
Crucialmente, el café en su estado natural destinado al mercadeo exterior debe ser de "Primera Calidad". Se define esta calidad como café arábigo, bien seco, pilado, limpio, de granos hechos y bien desarrollados, con un color típico de la variedad, libre de olores indeseables y con una tolerancia máxima del 1% en peso para granos mal formados o defectuosos.
Estas enmiendas son promulgadas bajo la Ley Núm. 241 de 1950 y entrarán en vigor treinta días después de su publicación en periódicos de circulación general y su radicación oficial.
AL APARTADO 4 DEL INCISO E DEL ARTICULO III Y AL ARTICULO V DEL REGLAMENTO DE HERCADO NÚM. 14, "PARA REGIR LOS EMBARQUES DE CAFÉ DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO", APROBADO EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 1976, SEGUN EMMENDADO.
Sección 1. - Se enmienda el apartado 4 del inciso E del Artículo III del Reglamento de Mercado Núm. 14, "Para Regir los Embarques de Café del Estado Libre Asociado de Puerto Rico", aprobado el 30 de septiembre de 1976, según enmendado, par...
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