Agencia:
Departamento de Agricultura
Número:
2949
Estado:
Activo
Año:
1983
Fecha:
28 de enero de 1983
Una resolución del Departamento de Agricultura de Puerto Rico deroga la Cuarentena Núm. 7, establecida el 24 de junio de 1955. Esta cuarentena restringía la introducción de hilaza de algodón, línteres, borra y otros residuos de algodón para prevenir el gorgojo de la cápsula de algodón (Anthonomus grandis, Boheman). La decisión de derogar la cuarentena se basa en que el cultivo comercial de algodón cesó en Puerto Rico hace más de veinte años y no se prevé su reinicio. Expertos entomólogos confirman que el insecto solo ataca el algodón y no otros cultivos. Además, los requisitos de fumigación o certificación impuestos por la cuarentena incrementaban los costos de los productos industriales manufacturados en Puerto Rico que utilizaban estos materiales, afectando finalmente a los consumidores. Por tanto, el Secretario de Agricultura Interino, Carlos J. López Nieves, ejerce su autoridad bajo la Ley Núm. 93 de 1973 para eliminar esta restricción. La resolución entrará en vigor inmediatamente después de su radicación oficial.
Estado Libre Asociado de Puer DEPARTAMENTO SE AGRICULTURA San Jian, Puerto Rico departa Aprobado: Carlos S. Quirós Secretario de Estado
PARA DEROGAR LA CUARENTENA NUM. 7, SOBRE LA INTRODUCCION DE HILAZA DE ALGODON Y OTROS PRODUCTOS TALES COMO LINTERES DE ALGODON, BORRA DE ALGODON Y OTROS RESIDUOS RESULTANTES DEL DESMOTADO Y ELABORACION DE LA FIBRA DE ALGODON
POR CUANTO: La introduccion al Estado Libre Asociado de Puerto Rico de hilaza de algod6n, asi como de productos tales como linteres de algod6n, borra de algod6n y otros residuos resultantes del desmotado y elaboración de l...
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