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Reglamentos/Agencias/Departamento de la Familia/Reglamento 2932

Reglamento 2932

Activo

Enmienda Regl. Sobre la Junta de Apelaciones. No incluido indice Ley 149 12=dic=2005

Información del Reglamento

Agencia:

Departamento de la Familia

Número:

2932

Estado:

Activo

Detalles Técnicos

Año:

1982

Fecha:

15 de noviembre de 1982

Descripción

El Departamento de Servicios Sociales del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, mediante el documento Núm. 7972, establece una enmienda a su reglamentación. El Artículo 1 modifica la Sección 8 del Artículo III, estipulando que la Junta deberá emitir una resolución sobre cualquier apelación dentro del término establecido por la reglamentación Federal-Local vigente que sea aplicable. Esta modificación busca asegurar la prontitud y el cumplimiento normativo en el proceso de resolución de apelaciones. El Artículo 2 indica que esta enmienda entrará en vigor 30 días después de su radicación en el Departamento de Estado.

Contenido del Reglamento

Estado Libre Asociado de Puerto Rico DEPARTAMENTO DE SERVICIOS SOCIALES

San Juan, Puerto Rico

Núm. 7972 Fecha: ..........................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................................

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