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Reglamentos/Agencias/Autoridad de Carreteras y Transportación/Reglamento 2928

Reglamento 2928

Activo

Regula el uso de las facilidades de las autopistas de peaje de Puerto Rico. Enmendado por el Regl. 3261.

Información del Reglamento

Agencia:

Autoridad de Carreteras y Transportación

Número:

2928

Estado:

Activo

Detalles Técnicos

Año:

1982

Fecha:

4 de noviembre de 1982

Descripción

Un reglamento emitido por el Departamento de Transportación y Obras Públicas de Puerto Rico, a través de la Autoridad de Carreteras, establece las normas para el uso de las facilidades de las autopistas de peaje en la isla. Promulgado por el Secretario de Transportación y Obras Públicas, se basa en las facultades conferidas por la Ley Núm. 141 de 1960, conocida como "Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico". El reglamento, identificado con el número 03-005, establece un título abreviado para su referencia: "Reglamento para el Uso de las Autopistas de Peaje". Una parte fundamental del documento se dedica a definir términos clave, como "Autopista de Peaje", "Automóvil de servicio público", "Autoridad", "Carriles de aceleración y deceleración", "Conductor", "Estacionar", "Isleta Central", "Motocicleta", "Policía", "Ómnibus" y "Paseo". Estas definiciones son esenciales para la correcta interpretación y aplicación de las normas que rigen el tránsito y la operación en dichas vías.

Contenido del Reglamento

ANUM... 4.4.24

Estado Libre Asociado de Puerto Rico Departamento de Transportación y Obras Públicas AUTORIDAD DE CARRETERAS MANUAL DE NORMAS BÁSICAS DE FUNCIONAMIENTO

Asunto: PARA REGULAR EL USO DE LAS FACILIDADES DE LAS AUTOPISTAS DE PEAJE DE PUERTO RICO Reglamento Núm. 03-005 Secretaria Auxiliar de Estado Pág. 4. - De 22...

Fecha: 31 de mayo de 1976 Normas Derogadas: 03-005 Reglamento Reglamento Aprobado Por:

ARTICULO 1: -

El Secretario de Transportación y Obras Públicas de acuerdo con las facultades que le confiere el inciso

(a) de la Sección 12-101 y el inciso 3 de la Sección 14-106...

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