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Reglamentos/Agencias/Departamento del Trabajo y Recursos Humanos/Reglamento 2840

Reglamento 2840

Activo

Reglamento para administrar el uso de Fondos Provenientes de Intereses Devengados por Fondos Depositados en Cuenta Especial de Ahorros del Fondo de Reclamaciones. No incluido en el índice bajo Ley 149 de 12 dic, 2005

Información del Reglamento

Agencia:

Departamento del Trabajo y Recursos Humanos

Número:

2840

Estado:

Activo

Detalles Técnicos

Año:

1981

Fecha:

20 de noviembre de 1981

Descripción

Este reglamento, promulgado por el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos de Puerto Rico, establece las normas para la administración y el uso de los intereses devengados por los fondos depositados en la Cuenta Especial de Ahorros del Fondo de Reclamaciones, creado por la Ley 77 de 1952. El Secretario del Trabajo y Recursos Humanos transferirá periódicamente estos intereses al Secretario de Hacienda para su depósito en una cuenta especial. Los fondos se destinarán exclusivamente a dos fines principales. Primero, para localizar a trabajadores con derecho a recibir sumas de dinero del Fondo de Reclamaciones, mediante la publicación de sus nombres o cualquier otra gestión que el Secretario considere adecuada. Segundo, para fortalecer y mejorar la efectividad de actividades como la investigación de querellas, el cobro de reclamaciones y las acciones judiciales en beneficio de los trabajadores. Esto incluye la autorización para usar los fondos en adiestramiento de personal, adquisición de equipo de oficina, modernización de métodos de trabajo, compra de material bibliográfico laboral, contratación de servicios para cobro y emplazamientos, y gastos relacionados con procesos judiciales. Las solicitudes de fondos deben ser por escrito, justificando la necesidad y detallando los gastos. Además, los programas beneficiarios deberán rendir informes semestrales sobre el uso de los fondos, los cuales serán auditados periódicamente.

Contenido del Reglamento

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO Carlos S. Quirós DEPARTAMENTO DEL TRABAJO Y RECURSOS HUMANOSARIO de Estado OFICINA DEL SECRETARIO

REGLAMENTO PARA ADMINISTRAR EL USO DE LOS FONDOS PROVENIENTES DE LOS INTERESES DEVENGADOS POR FONDOS DEPOSITADOS EN LA CUENTA ESPECIAL DE AHORRO DEL FONDO DE RECLAMACIONES

CREADO POR LA LEY 77 DE 17 DE ABRIL DE 1952 ENMENDADA

REGLAMENTO

NUM. I - D.T.R.H.

ARTICULO I - Facultad El presente Reglamento se promulga de conformidad con la autoridad que le confiere al Secretario del Trabajo y Recursos Humanos la Ley Núm. 77 de 17 de abril de 1952, según enmenda...

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