Agencia:
Departamento de Asuntos del Consumidor
Número:
2823
Estado:
Activo
Año:
1981
Fecha:
25 de marzo de 1981
Este reglamento constituye la primera enmienda al Reglamento para la Determinación de los Cánones de Arrendamiento de las Estaciones de Gasolina, aprobado en 1981. Su propósito principal es modificar los Artículos 2, 5, 7, 10 y 13 de dicho reglamento. Entre los cambios clave, se refrasea la definición de "Valor en el Mercado de la Propiedad" en el Artículo 2, detallando los componentes de su cálculo. El Artículo 5 se enmienda para exigir a las partes la presentación de información y documentos pertinentes para la determinación del canon de arrendamiento, basándose en criterios específicos. Además, se reexpresa la fórmula que el Departamento de Asuntos del Consumidor utilizará para fijar el canon de arrendamiento en el Artículo 7, introduciendo variables como el canon estimado, el costo de ocupación y un factor de ajuste. El Artículo 10 se revisa para derogar una limitación al cómputo del canon, manteniendo la restricción de que este no exceda el diez porciento del valor en el mercado de la estación. Finalmente, el Artículo 13 reafirma la autoridad del Secretario para implementar las disposiciones del reglamento.
REGLAMENTO PARA LA DETERMINACION DE LOS CANONES DE ARRENDAMIENTO DE LAS ESTACIONES DE GASOLINA (ENMIENDA 1)
Núm. 2.20.2 $\qquad$ $\qquad$ 1981.230 p. 44
Aprobado: Carlos S. Quirós Secretario de Estado
Por ASUNTO: Enmendar los Artículos 2, 5, 7, 10 y 13 d@icretaria Auxiliar de Estado Reglamento para la Determinación de los Cánones de Arrendamiento de las Estaciones de Gasolina, de 23 de abril de 1981.
Esta enmienda 1 se adopta y promulga a tenor con los poderes conferidos al Secretario del Departamento de Asuntos del Consumidor en virtud de la Ley Núm. 5 del 23 de a...
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