Agencia:
Departamento de la Familia
Número:
2772
Estado:
Activo
Año:
1981
Fecha:
3 de junio de 1981
El Reglamento 3072 establece el procedimiento para la adjudicación de contratos destinados a estudios científicos o evaluaciones de programas y servicios del Departamento de Servicios Sociales. Su propósito principal es asegurar una selección transparente y competitiva de firmas profesionales o individuos competentes para estas tareas, buscando la mejor calidad al precio más bajo posible. La Secretaría de Planificación y Desarrollo, a través de su División de Evaluación, actúa como agente principal en este proceso.
Esta Secretaría es responsable de confirmar la disponibilidad de fondos, preparar las especificaciones para las peticiones de propuestas, enviarlas a los licitadores interesados y presidir el comité de evaluación. También se encarga de notificar al licitador seleccionado y de gestionar la preparación y aprobación final del contrato.
El Comité para evaluar las propuestas se constituye con un representante de la Secretaría Auxiliar u Oficina pertinente, uno de la Secretaría de Planificación y Desarrollo, y una tercera persona con experiencia relevante, siendo presidido por el representante de la División de Evaluación. Los criterios de evaluación incluyen el entendimiento del proyecto (claridad del problema y propósitos, plan de trabajo), la metodología propuesta (selección de muestra, instrumentos) y los recursos humanos asignados. Este marco busca garantizar la rigurosidad y eficacia en la contratación de servicios de evaluación.
REGLAMENTO PARA LA ADJUDICACION DE CONTRATOS PARA ESTUDIOS O EVALUACIONES DE PROGRAMAS O SERVICIOS DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS SOCIALES 3072
Fecha 20. junio de 1991 10:06:14.00 Aprobado Secretario de Estado
Artículo I - Definición de Términos Por: Secretaria Aqutiliar de Estado
Departamento - Departamento de Servicios Sociales
Comité - Comité para evaluar las propuestas de los licitadores
Firmas - Firmas profesionales o individuos que se dedican a estos menesteres
Artículo II - Propósitos
A - Establecer el procedimiento a seguir en la selección y contratación de firmas para realizar estudios científicos o evaluaciones de los programas o proyectos de servicios auspiciados por el Departamento de Servicios Sociales.
Artículo III - Responsabilidades de la Secretaría de Planificación y Desarrollo
La División de Evaluación de la Secretaría de Planificación y Desarrollo servirá de agente del Departamento en el proceso de seleccionar la firma a otorgársele el contrato para realizar un estudio o evaluación asegurando una libre competencia y la contratación de la firma más competente al más bajo precio posible.
A base de esto será responsable de:
Artículo IV - Constitución del Comité para evaluar propuestas E1 Comité para evaluar las propuestas que sean sometidas para realizar un estudio o evaluación será constituido por:
Artículo V - Criterios de Evaluación Los siguientes criterios entre otros deberán ser usados en la evaluación de las propuestas que se reciban:
Personal asignado
a) Preparación académica y experiencia b) Tiempo que dedicarán al estudio c) Tareas a realizarse d) Experiencia pasada con la firma en relación a contratos con el
Departamento de Servicios Sociales. 4. Tiempo que durará el estudio o evaluación 5. Costo estimado (presupuesto) 6. El Departamento se reserva el derecho de aceptar o rechazar la propuesta más baja, dejar desierta la adjudicación y/o adjudicar el contrato bajo aquellas condiciones que resulten más favorables para el Estado.
Artículo VI - Aprobación y Notificación de Adjudicación Toda adjudicación de estudio deberá ser aprobada por el Secretario del Departamento de Servicios Sociales. Por lo tanto, la Secretaría Auxiliar de Planificación y Desarrollo someterá a éste toda la documentación. Una vez aprobada por el Secretario la adjudicación, la Secretaría Auxiliar de Planificación y Desarrollo procederá a enviar carta de adjudicación al licitador que corresponda y notificará
a las otras firmas la decisión del comite. Esto se hará dentro de un término no mayor de diez (10) dias laborables.
Artículo VII - El presente reglamento es de estricta aplicación en todos los casos que se requiera la contratacion de firmas para efectuar estudios cientificos o evaluaciones de los programas o proyectos auspiciados por el Departamento de Servicios Sociales; disponiéndose, que bajo determinadas circunstancias en que por la naturaleza de las mismas conforme a las leyes y reglamentación aplicable, sea necesario y conveniente al Estado la contratacion de una firma en particular no se aplicará este procedimiento.
Este reglamento estará en vigor inmediatamente después de su aprobación por el Secretario del Departamento de Servicios Sociales y podrá ser enmendado en cualquier momento según disponga el secretario de Servicios Sociales.
Jenaro Collazo-Collazo Secretario Departamentode Servicios SOciales
Aprobado en $1 \mathrm{~h}_{ ext {jume }}$ 1781
Agencia:
Departamento de la Familia
Número:
2772
Estado:
Activo
Año:
1981
Fecha:
3 de junio de 1981
El Reglamento 3072 establece el procedimiento para la adjudicación de contratos destinados a estudios científicos o evaluaciones de programas y servicios del Departamento de Servicios Sociales. Su propósito principal es asegurar una selección transparente y competitiva de firmas profesionales o individuos competentes para estas tareas, buscando la mejor calidad al precio más bajo posible. La Secretaría de Planificación y Desarrollo, a través de su División de Evaluación, actúa como agente principal en este proceso.
Esta Secretaría es responsable de confirmar la disponibilidad de fondos, preparar las especificaciones para las peticiones de propuestas, enviarlas a los licitadores interesados y presidir el comité de evaluación. También se encarga de notificar al licitador seleccionado y de gestionar la preparación y aprobación final del contrato.
El Comité para evaluar las propuestas se constituye con un representante de la Secretaría Auxiliar u Oficina pertinente, uno de la Secretaría de Planificación y Desarrollo, y una tercera persona con experiencia relevante, siendo presidido por el representante de la División de Evaluación. Los criterios de evaluación incluyen el entendimiento del proyecto (claridad del problema y propósitos, plan de trabajo), la metodología propuesta (selección de muestra, instrumentos) y los recursos humanos asignados. Este marco busca garantizar la rigurosidad y eficacia en la contratación de servicios de evaluación.
REGLAMENTO PARA LA ADJUDICACION DE CONTRATOS PARA ESTUDIOS O EVALUACIONES DE PROGRAMAS O SERVICIOS DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS SOCIALES 3072
Fecha 20. junio de 1991 10:06:14.00 Aprobado Secretario de Estado
Artículo I - Definición de Términos Por: Secretaria Aqutiliar de Estado
Departamento - Departamento de Servicios Sociales
Comité - Comité para evaluar las propuestas de los licitadores
Firmas - Firmas profesionales o individuos que se dedican a estos menesteres
Artículo II - Propósitos
A - Establecer el procedimiento a seguir en la selección y contratación de firmas para realizar estudios científicos o evaluaciones de los programas o proyectos de servicios auspiciados por el Departamento de Servicios Sociales.
Artículo III - Responsabilidades de la Secretaría de Planificación y Desarrollo
La División de Evaluación de la Secretaría de Planificación y Desarrollo servirá de agente del Departamento en el proceso de seleccionar la firma a otorgársele el contrato para realizar un estudio o evaluación asegurando una libre competencia y la contratación de la firma más competente al más bajo precio posible.
A base de esto será responsable de:
Artículo IV - Constitución del Comité para evaluar propuestas E1 Comité para evaluar las propuestas que sean sometidas para realizar un estudio o evaluación será constituido por:
Artículo V - Criterios de Evaluación Los siguientes criterios entre otros deberán ser usados en la evaluación de las propuestas que se reciban:
Personal asignado
a) Preparación académica y experiencia b) Tiempo que dedicarán al estudio c) Tareas a realizarse d) Experiencia pasada con la firma en relación a contratos con el
Departamento de Servicios Sociales. 4. Tiempo que durará el estudio o evaluación 5. Costo estimado (presupuesto) 6. El Departamento se reserva el derecho de aceptar o rechazar la propuesta más baja, dejar desierta la adjudicación y/o adjudicar el contrato bajo aquellas condiciones que resulten más favorables para el Estado.
Artículo VI - Aprobación y Notificación de Adjudicación Toda adjudicación de estudio deberá ser aprobada por el Secretario del Departamento de Servicios Sociales. Por lo tanto, la Secretaría Auxiliar de Planificación y Desarrollo someterá a éste toda la documentación. Una vez aprobada por el Secretario la adjudicación, la Secretaría Auxiliar de Planificación y Desarrollo procederá a enviar carta de adjudicación al licitador que corresponda y notificará
a las otras firmas la decisión del comite. Esto se hará dentro de un término no mayor de diez (10) dias laborables.
Artículo VII - El presente reglamento es de estricta aplicación en todos los casos que se requiera la contratacion de firmas para efectuar estudios cientificos o evaluaciones de los programas o proyectos auspiciados por el Departamento de Servicios Sociales; disponiéndose, que bajo determinadas circunstancias en que por la naturaleza de las mismas conforme a las leyes y reglamentación aplicable, sea necesario y conveniente al Estado la contratacion de una firma en particular no se aplicará este procedimiento.
Este reglamento estará en vigor inmediatamente después de su aprobación por el Secretario del Departamento de Servicios Sociales y podrá ser enmendado en cualquier momento según disponga el secretario de Servicios Sociales.
Jenaro Collazo-Collazo Secretario Departamentode Servicios SOciales
Aprobado en $1 \mathrm{~h}_{ ext {jume }}$ 1781