Agencia:
Departamento de Agricultura
Número:
2749
Estado:
Activo
Año:
1981
Fecha:
12 de febrero de 1981
El documento presenta enmiendas significativas al Reglamento para la Erradicación del Aborto Contagioso en el Ganado Bovino de Puerto Rico, aprobado originalmente en 1967. Estas modificaciones actualizan las definiciones clave, incluyendo "Animal Vacunado Oficialmente" y los "Métodos y Reglas Uniformes Recomendadas para la Erradicación de la Brucelosis", adoptando estándares de la Asociación de Sanidad Animal de los Estados Unidos. Se establece que la certificación y re-certificación de hatos y áreas se realizará conforme a estos métodos uniformes. Además, se revisan los procedimientos de cuarentena para hatos con animales reactores, detallando las restricciones de movimiento del ganado y los requisitos para levantar la cuarentena, que incluyen múltiples pruebas negativas y desinfección. Finalmente, se añade un nuevo artículo que describe el procedimiento para la imposición de multas administrativas por violaciones al reglamento, garantizando la notificación y el derecho a una vista para presentar defensa. Estas enmiendas buscan fortalecer el marco regulatorio para el control y erradicación del aborto contagioso en el ganado bovino.
Estado Libre Asociado de Puerto Rico DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA San Juan, Puerto Rico 10h0 Pechar Aprobado: Pedro R. Vázquez Secretario de Estado
EMNIENDAS
Por: Raimán P. de Palencia Secretaria Auxiliar de Estado
AL INCISO 11 DEL ARTICULO 2 Y ADICIONANDO UN NUEVO INCISO 13 A DICHO ARTICULO 2: AL ARTICULO 5: A LOS INCISOS 6 Y 11 DEL ARTICULO 6; ADICIONANDO UN NUEVO ARTICULO 8; REEMBHERANDO EL ACTUAL ARTICULO 8 COMO ARTICULO 9 Y EMBENDAJEDO EL NISMO; Y REEMBHERANDO LOS ACTUALES ARTICULOS 9 Y 10 COMO ARTICULOS 10 Y 11, RESPECTIVAMENTE, DEL REGLAMENTO PARA LA ERRADICACION DEL ASORTO CONTAGIO...
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