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Reglamentos/Agencias/Administración de Servicios Generales/Reglamento 2617

Reglamento 2617

Activo

Enmienda el Regl. #15 sobre los requisitos de educacion y experiencia que son necesarios para expedir nombramientos de administradores de documentos. Enmendado Regl. 2644. No incluido en el Índice bajo la Ley 149 del 12/dic./2005

Información del Reglamento

Agencia:

Administración de Servicios Generales

Número:

2617

Estado:

Activo

Detalles Técnicos

Año:

1980

Fecha:

19 de febrero de 1980

Descripción

El Reglamento Número 15, sobre Administradores de Documentos, enmienda la Sección B, Artículo 11, Inciso 1, para establecer los requisitos de elegibilidad para este nombramiento. Se requiere poseer un bachillerato de una universidad o colegio acreditado. Como alternativas, se acepta haber aprobado dos años universitarios con al menos tres años de experiencia en administración de documentos, o haber completado la escuela superior con cuatro o más años de experiencia en el campo, complementados con adiestramientos específicos. El Programa de Administración de Documentos Públicos convalidará la experiencia por años académicos y los adiestramientos requeridos, considerando la complejidad de la dependencia. A mayor complejidad, se exigirán mayores requisitos de preparación académica y experiencia. Este reglamento fue aprobado en San Juan, Puerto Rico, el 15 de 1980, y entrará en vigor treinta días después de su promulgación por el Secretario de Estado.

Contenido del Reglamento

REGLAMENTO NUMERO 15

ADMINISTRADORES DE DOCUMENTOS

Se enmienda la Sección B, Artículo 11, Inciso 1:

ARTICULO 11: REQUISITOS

Será elegible para que se le expida nombramiento de Administradores de Documentos toda persona que reúna los siguientes requisitos:

  1. Poseer bachillerato de una Universidad o Colegio acreditado; o en su lugar haber aprobado dos (2) años en una Universidad o Colegio acreditado y no menos de tres (3) años de experiencia en funciones de administración de documentos; o en su lugar haber aprobado la Escuela Superior, más cuatro (4) años o más de experiencia en funciones ...
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