CodeXpr
Beta v0.7
BuscarStudio | Chat¿Cómo Funciona?Acerca de
LeyesCasosReglamentosÓrdenes EjecutivasBúsqueda

© 2026 CodeXpr. All rights reserved.

Terms of UseSupport

Powered by NeoInertia

Reglamentos/Agencias/Departamento de Justicia/Reglamento 2591

Reglamento 2591

Activo

Demarcación territorial correspondiente a las secciones primera y segunda de Caguas.

Información del Reglamento

Agencia:

Departamento de Justicia

Número:

2591

Estado:

Activo

Detalles Técnicos

Año:

1979

Fecha:

6 de diciembre de 1979

Descripción

Este reglamento modifica la demarcación territorial de las Secciones Primera y Segunda del Registro de la Propiedad de Caguas, Puerto Rico. Los municipios de Aguas Buenas y San Lorenzo, junto con sus barrios, se transfieren de la jurisdicción registral de la Sección Primera a la Sección Segunda de Caguas. Recíprocamente, los barrios San Antonio, Río Cañas, Tomás de Castro, Bairoa y Caguitas del municipio de Caguas se trasladan de la Sección Segunda a la Sección Primera. Todos los libros, planos y documentos existentes relacionados con estas áreas serán entregados por los registradores correspondientes a sus nuevas secciones. Sin embargo, los asientos ya existentes en registros especializados como los de Sentencia, Incapacitados, Embargos e Hipotecas, permanecerán en la sección donde se encontraban al momento de la aprobación del reglamento. Posteriormente, se abrirán nuevos registros de estas categorías en las secciones a las que se han reasignado los territorios. El reglamento entrará en vigor treinta días después de su publicación en periódicos de circulación general en Puerto Rico.

Contenido del Reglamento

ENMIENDAS AL REGLAMENTO QUE FIJA LA DEMARCACION TERRITORIAL CORRESPONDIENTE A LAS SECCIONES PRIMERA Y SEGUNDA DE CAGUAS DEL REGISTRO DE LA PROFIEDAD DE PUERTO RICO

Artículo l.- De acuerdo con la facultad que me confiere la Sección 2-A de la Ley número 3, de 2 de septiembre de 1955 ( 30 LPRA, Sec. 1749), para que mediante la adopción de las reglas y reglamentos que estime necesarios y previa la aprobación de los mismos por el Gobernador, pueda fijar nueva sede o alterar la demarcación territorial de las Secciones del Registro de la Propiedad, estableciendo las Secciones adicionales que sean ...

Page 1

Crea una Cuenta Gratis

Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.

Sin tarjeta de crédito