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Reglamentos/Agencias/Departamento del Trabajo y Recursos Humanos/Reglamento 2571

Reglamento 2571

Activo

Enmienda el Reglamento Núm. 4, Parte 1910 (OSHA) "Occupational Exposure to Lead", Vol. 43, Núm. 2200; with Corrections Vol. 44 Núm. 168, Secc. 1910.1025 (e) (1), 1910.1025 (e) (3) entre otros.

Información del Reglamento

Agencia:

Departamento del Trabajo y Recursos Humanos

Número:

2571

Estado:

Activo

Detalles Técnicos

Año:

1979

Fecha:

26 de octubre de 1979

Descripción

El Departamento del Trabajo y Recursos Humanos de Puerto Rico certifica la radicación de la versión en español de la norma sobre Exposición Ocupacional al Plomo, identificada como Reglamento Núm. 4, Parte 1910.1025. Esta normativa establece las directrices para la exposición ocupacional al plomo, excluyendo las industrias de la construcción y agrícola. Define el "Nivel de Acción" en 30 microgramos por metro cúbico de aire (µg/m³) promediado en 8 horas y el "Límite de Exposición Permisible" (PEL) en 50 µg/m³ para el mismo período, con ajustes para jornadas laborales más largas. La norma detalla los procedimientos de detección de exposición, requiriendo determinaciones iniciales y pruebas personales de turno completo para evaluar la exposición de los empleados sin el uso de respiradores. Las determinaciones se basan en monitoreos, información previa y quejas de síntomas, pudiendo utilizarse mediciones de los 12 meses anteriores si cumplen con los requisitos de precisión. La frecuencia del monitoreo varía según los resultados: no se repite si está por debajo del nivel de acción, cada 6 meses si está en o sobre el nivel de acción pero por debajo del PEL, y trimestralmente si excede el PEL. Se exige monitoreo adicional ante cambios en la producción, procesos o personal que puedan alterar la exposición. Finalmente, el patrono debe notificar por escrito a los empleados los resultados de las pruebas en un plazo de cinco días hábiles, incluyendo las acciones correctivas si se excede el PEL.

Contenido del Reglamento

Estado Libre Asociado de Puerto Rico Departamento del Trabajo y Recursos Humanos OFICINA DEL SECRETARIO Hato Rey, Puerto Rico

CERTIFICACION

YO, Héctor Hernández Soto, Secretario del Trabajo y Recursos Humanos, a tenor con lo dispuesto en la Seccion 8(b) de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de Puerto Rico, Ley Núm. 16 de 5 de agosto de 1975 ( 29 LPRA 361 y siguientes), según enmendada, procedo a radicar la version al español de la norma sobre Exposición Ocupacional al Plomo-Reglamento Núm. 4, Parte 1910.1025.

El Reglamento original fue radicado en el Departamento de Estado bajo e...

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