Agencia:
Departamento de Transportación y Obras Públicas
Número:
2456
Estado:
Activo
Año:
1978
Fecha:
29 de noviembre de 1978
Un Manual de Normas Básicas de Funcionamiento, emitido por el Departamento de Transportación y Obras Públicas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, establece la reglamentación para la justificación, autorización, instalación y construcción de controles físicos de velocidad, conocidos como reductores de velocidad, en las vías públicas del país. Aprobado en 1998, este reglamento certifica a municipios, organismos gubernamentales y corporaciones públicas para construir dichos dispositivos, siempre que cumplan con las disposiciones establecidas.
El manual se fundamenta en información técnica, estudios realizados por el Departamento, observaciones de reductores existentes y recomendaciones internacionales. Destaca la importancia de considerar alternativas más eficientes y menos costosas, como la señalización de Pare, Ceda el Paso o Velocidad Máxima, y una vigilancia policial efectiva, antes de recurrir a los reductores de velocidad. Sus disposiciones son aplicables a cualquier persona natural o jurídica que solicite la instalación de estos controles. La base legal para su promulgación se encuentra en las Secciones 12-101 y 12-102 del Capítulo XII de la Ley Núm. 141 del 20 de julio de 1960.
Núm. 3456 Fecha: 27-IM-1998 9.16.1998 Aprobado: Reinaldo Paniagua Disa Secretario de Estado
Por: Fumihul de L. P. P. Secretaria Auxiliar de Estado
Estado Libre Asociado de Puerto Rico Departamento de Transportación y Obras Públicas Món. 24-26 Fecha: 24-26-1998 9:45 MANUAL DE NORMAS BASICAS DE FUNCIONAMIENTO Asunto: Para la Autorización e Instalación de Contrales Físicos de Velocidad en las Vías Públicas de Puerto Rico Reglamento Nurn. de Estado De 14 09-015 Fecha 24-26 Normas Derogadas: Aprobado Por: 60hun
Artículo I - Introducción
Este Reglamento servirá como Certificación...
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