Agencia:
Departamento del Trabajo y Recursos Humanos
Número:
2246
Estado:
Activo
Año:
1977
Fecha:
20 de abril de 1977
Estas enmiendas al "Reglamento Sobre el Empleo de Menores en la Venta Ambulante de Periódicos", aprobado originalmente en 1955 por el Departamento del Trabajo de Puerto Rico, actualizan y expanden sus disposiciones. El documento redefine la "venta ambulante de periódicos" para incluir una gama más amplia de materiales de publicidad y actividades, así como el concepto de "menor" como cualquier persona entre 12 y 18 años. Se establecen definiciones para "patrono", abarcando a propietarios, editores y distribuidores que empleen a menores. Además, se introducen las nociones de "zona o sitio peligroso" y "horas prohibidas" para el trabajo de estos menores, detallando los periodos específicos. El reglamento enmendado exige una "autorización escrita" del Departamento del Trabajo para los vendedores ambulantes y especifica que tanto el menor como la "parte interesada" deben suministrar ciertos datos para obtenerla. El objetivo principal es regular de manera más precisa y segura el empleo de jóvenes en estas actividades.
⁰ ⁰: * Estado Libre Asociado de Puerto Rico * DEPARTAMENTO DEL TRABAJO * Oficina del Secretario * Hato Rey, Puerto Rico
Estado Libre Asociado de Puerto Rico DEPARTAMENTO DEL TRABAJO Oficina del Secretario San Juan, Puerto Rico
E N M I E N D A S
AL REGLAMENTO APROBADO EL 4 DE MARZO DE 1955 CONOCIDO COMO "REGLAMENTO SOBRE EL EMPLEO DE MENORES EN LA VENTA AMBULANTE DE PERIODICOS".
1.- Se enmienda el Artículo 1 del reglamento aprobado el 4 de marzo de 1955, según enmendado, conocido como "Reglamento Sobre el Empleo de Menores en la Venta Ambulante de Periódicos" par...
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