Agencia:
Autoridad de Acueductos y Alcantarillados
Número:
2212
Estado:
Activo
Año:
1976
Fecha:
30 de diciembre de 1976
Este reglamento, aprobado el 30 de diciembre de 1976 por la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados de Puerto Rico, establece las normas para la imposición y cobro de cargos por el derecho a conectarse y utilizar sus sistemas de acueductos y alcantarillados. Su propósito principal es implementar la Ley Núm. 170 del 23 de julio de 1974, que faculta a la Autoridad para recaudar estas tarifas. Los cargos se aplican a los dueños de urbanizaciones, edificios multifamiliares, y propiedades destinadas a usos institucionales, industriales o comerciales, incluyendo hoteles y hospitales. El documento define términos clave como "Dueño", abarcando desde individuos hasta entidades gubernamentales, y "Edificios Multifamiliares", limitándolos a aquellos con cuatro o más unidades. También especifica el concepto de "Unidad" para diferentes tipos de propiedades, como viviendas, habitaciones de hotel u hospital, y usos comerciales o industriales, basándose en el consumo estimado de agua o en normas de diseño. Finalmente, aclara el significado de "Urbanización" para los fines de este reglamento.
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FECHA 30 de dec. de 1976 APROBADO JUAN A. ALBORS
POR Secretario Auxiliar de Estado
PARA LA IMPOSICION Y COBRO DE CARGOS POR EL DERECHO A CONECTARSE Y USAR LOS SISTEMAS DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS DE LA AUTORIDAD
AUTORIDAD DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS DE PUERTO RICO
Articulo 1 - Propesito: Este reglamento tiene el proposito de implantar las disposiciones de la Ley Ntım. 170 del 23 de julio de 1974 que faculta a la Autoridad a imponer y cobrar un derecho o cargo a los dueños de urbanizaciones, ed...
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