Agencia:
Oficina del Comisionado de Seguros
Número:
2071
Estado:
Activo
Año:
1976
Fecha:
1 de abril de 1976
La Oficina del Comisionado de Seguros de Puerto Rico notifica la aprobación de una enmienda a la Regla X del Reglamento del Código de Seguros de Puerto Rico. Esta modificación, fundamentada en la Ley Núm. 77 de 1957, establece un sistema de libros y contabilidad para Agentes Generales o Gerentes que representen aseguradores extranjeros. Se requiere que estos agentes mantengan registros detallados de todas las transacciones de cada asegurador representado, siguiendo los principios de contabilidad generalmente aceptados. Entre los registros obligatorios se incluyen los de resguardos provisionales, comisiones, colaterales, primas no devengadas y fondos no reclamados. La regla también contempla excepciones para agentes generales o gerentes que contraten exclusivamente negocios de seguros para riesgos específicos. Esta enmienda fue aprobada el 20 de agosto de 1975 y entrará en vigor cinco días después de su aviso en un periódico de circulación general.
JUAN A. ALBORS Secretario de Estado Secretario de Estado JUAN J. 221 FECHA 20.06.2019 1:25 P. 8
APROBADO JUAN A. ALBORS Secretario de Estado
Estado Libre Asociado de Puerto Rico OFICINA DEL COMISIONADO DE SEGURADOR Apartado 3508 - Estación Viejo San Juan San Juan, Puerto Rico 00904 Secretario Auxiliar de Estado
ENMIENDAS AL REGLAMENTO DEL CODICO DE SEGUROS DE PUERTO RICO
Sección 1. En virtud de las disposiciones del Artículo 2.040 de la Ley Núm. 77 de 19 de junio de 1957, según enmendada, notifico a la industria de seguros, al público suscritor de seguros y al público en general, la aproba...
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