Agencia:
Adm. de Servicios y Desarrollo Agropecuario
Número:
2031
Estado:
Activo
Año:
1975
Fecha:
16 de diciembre de 1975
Las presentes normas establecen el Programa del Combate del Pulgón Amarillo en la Caña, implementado por la Corporación para el Desarrollo Agrícola de Puerto Rico (CDAPR). Este programa, fundamentado en la Ley Núm. 62 de 1973, busca mitigar los graves daños que el pulgón amarillo causa a las plantaciones de caña de azúcar, como la detención del crecimiento y la disminución del tonelaje. El incentivo principal consiste en el pago total del costo del servicio de aspersión para las plantaciones afectadas. Los agricultores interesados deben radicar una solicitud en las oficinas de la CDAPR o en las Centrales Azucareras. La tramitación incluye la evaluación por parte de los representantes regionales de la CDAPR y la coordinación de las aspersiones por la Corporación Azucarera. Una vez realizado el servicio, la Corporación Azucarera factura a la CDAPR, previa certificación de la labor. Estas normas fueron aprobadas en diciembre de 1975 y tienen vigencia retroactiva al 1ro. de julio de 1975.
FECHAde de dicigahie de 1985 APROBADO JUAN A. ALBORS Secretario de Estado Estado Libre Asociado de Pueybe Rico CORPORACION PARA EL SESBRROLLO ACRICOLA DE PUEBRO RICOllar de Estado San Juan, Puerto Rico
La Ley Núm. 62 del 30 de mayo de 1973, en virtud de la cual se crea la Corporaci6o para el Desarrollo Agrícola de Puerto Rico, faculte el Secretario de Agricultura, entre otras cosas, a promover actividades que propicien el desarrollo y fortalecimiento de la agricultura, de manera que asegure la estabilidad y...
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