Agencia:
Adm. de Servicios y Desarrollo Agropecuario
Número:
2028
Estado:
Activo
Año:
1975
Fecha:
8 de diciembre de 1975
Una resolución del Secretario de Agricultura de Puerto Rico deroga las "Normas para Regir el Programa de Garantía de Precios Para Huevos Producidos en Puerto Rico". Estas normas, aprobadas el 29 de abril de 1974, fueron establecidas para apoyar a los productores locales de huevos. Su implementación se debió a las serias dificultades que enfrentaba el mercadeo de huevos puertorriqueños, principalmente por la competencia de huevos importados ofrecidos a precios más bajos. La garantía de precios se consideró entonces necesaria para asegurar la viabilidad económica de la producción local. Sin embargo, una evaluación reciente de la Corporación Para el Desarrollo Agrícola de Puerto Rico ha determinado que las condiciones del mercado han mejorado sustancialmente. Actualmente, los precios de venta de los huevos producidos en Puerto Rico igualan o superan los precios garantizados. Esta mejora hace que la garantía de precios sea innecesaria. Por lo tanto, Antonio González Chapel, Secretario de Agricultura, deroga las mencionadas normas con efecto inmediato, con fecha del 5 de octubre de 1975.
RESOLUCION DEL SECRETARIO DE AGRICULTURA DE PUERTO RICO PARA DEROGAR LAS NORMAS TITULADAS | |
---|---|
"NORMAS PARA REGIR EL PROGRAMA DE GARANTIA DE PRECIOS PARA HUEVOS PRODUCIDOS EN PUERTO RICO | |
Y PARA DEROGAR LAS APROBADAS POR EL SECRETARIO | |
DE AGRICULTURA SOBRE EL MISMO ASUNTO EL 9 DE SEPTIEMBRE DE 1971, SEGUN ENMENDADAS." |
POR CUANTO: El 29 de abril de 1974 fueron aprobadas por el Secretario de Agricultura las Normas tituladas "Normas para Regir el Programa de Garantía de Precios Para Huevos Producidos en Puerto Rico y Para Derogar las Aprobadas Por el Secretario de Agricultura Sobre el Mismo Asunto el 9 de septiembre de 1971, según Enmendadas."
POR CUANTO: Dichas Normas fueron promulgadas en un momento en que el mercadeo de huevos producidos en Puerto Rico confrontaba serias dificultades, debido a la competencia de huevos importados, los que se ofrecían a precios más bajos que los producidos localmente, considerándose necesario entonces establecer precios garantizados para hacer económicamente viable la operación de esta empresa.
POR CUANTO: El Artículo I, Inciso A, de las referidas Normas, dispone que "Este Programa comenzará a regir desde la fecha de vigencia de estas Normas y continuará en vigor mientras no sea suspendido o derogado por el Secretario de Agricultura."
POR CUANTO: Una evaluación hecha por la Corporación Para el Desarrollo Agrícola de Puerto Rico ha revelado que en estos momentos el mercadeo de huevos producidos en Puerto Rico ha mejorado hasta un punto en que los precios de venta igualan, y a veces superan, los precios garantizados, haciéndo innecesaria la garantía de precios establecida en dichas Normas.
POR TANTO: Yo, Antonio González Chapel, Secretario de Agricultura del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, en virtud a los poderes que me confiere la Ley, por la presente derogo, efectivo inmediatamente, las mencionadas normas.
San Juan, Puerto Rico, a 5 de duwintede 1975.
Agencia:
Adm. de Servicios y Desarrollo Agropecuario
Número:
2028
Estado:
Activo
Año:
1975
Fecha:
8 de diciembre de 1975
Una resolución del Secretario de Agricultura de Puerto Rico deroga las "Normas para Regir el Programa de Garantía de Precios Para Huevos Producidos en Puerto Rico". Estas normas, aprobadas el 29 de abril de 1974, fueron establecidas para apoyar a los productores locales de huevos. Su implementación se debió a las serias dificultades que enfrentaba el mercadeo de huevos puertorriqueños, principalmente por la competencia de huevos importados ofrecidos a precios más bajos. La garantía de precios se consideró entonces necesaria para asegurar la viabilidad económica de la producción local. Sin embargo, una evaluación reciente de la Corporación Para el Desarrollo Agrícola de Puerto Rico ha determinado que las condiciones del mercado han mejorado sustancialmente. Actualmente, los precios de venta de los huevos producidos en Puerto Rico igualan o superan los precios garantizados. Esta mejora hace que la garantía de precios sea innecesaria. Por lo tanto, Antonio González Chapel, Secretario de Agricultura, deroga las mencionadas normas con efecto inmediato, con fecha del 5 de octubre de 1975.
RESOLUCION DEL SECRETARIO DE AGRICULTURA DE PUERTO RICO PARA DEROGAR LAS NORMAS TITULADAS | |
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"NORMAS PARA REGIR EL PROGRAMA DE GARANTIA DE PRECIOS PARA HUEVOS PRODUCIDOS EN PUERTO RICO | |
Y PARA DEROGAR LAS APROBADAS POR EL SECRETARIO | |
DE AGRICULTURA SOBRE EL MISMO ASUNTO EL 9 DE SEPTIEMBRE DE 1971, SEGUN ENMENDADAS." |
POR CUANTO: El 29 de abril de 1974 fueron aprobadas por el Secretario de Agricultura las Normas tituladas "Normas para Regir el Programa de Garantía de Precios Para Huevos Producidos en Puerto Rico y Para Derogar las Aprobadas Por el Secretario de Agricultura Sobre el Mismo Asunto el 9 de septiembre de 1971, según Enmendadas."
POR CUANTO: Dichas Normas fueron promulgadas en un momento en que el mercadeo de huevos producidos en Puerto Rico confrontaba serias dificultades, debido a la competencia de huevos importados, los que se ofrecían a precios más bajos que los producidos localmente, considerándose necesario entonces establecer precios garantizados para hacer económicamente viable la operación de esta empresa.
POR CUANTO: El Artículo I, Inciso A, de las referidas Normas, dispone que "Este Programa comenzará a regir desde la fecha de vigencia de estas Normas y continuará en vigor mientras no sea suspendido o derogado por el Secretario de Agricultura."
POR CUANTO: Una evaluación hecha por la Corporación Para el Desarrollo Agrícola de Puerto Rico ha revelado que en estos momentos el mercadeo de huevos producidos en Puerto Rico ha mejorado hasta un punto en que los precios de venta igualan, y a veces superan, los precios garantizados, haciéndo innecesaria la garantía de precios establecida en dichas Normas.
POR TANTO: Yo, Antonio González Chapel, Secretario de Agricultura del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, en virtud a los poderes que me confiere la Ley, por la presente derogo, efectivo inmediatamente, las mencionadas normas.
San Juan, Puerto Rico, a 5 de duwintede 1975.