Agencia:
Departamento de Justicia
Número:
1966
Estado:
Activo
Año:
1975
Fecha:
14 de julio de 1975
El reglamento de 1966 establece las directrices para el pago de gastos de viaje a individuos citados por fiscales o abogados del Departamento de Justicia para entrevistas o investigaciones en asuntos civiles o criminales. Basado en la Ley Núm. 28 de 1960, su propósito es fijar las cantidades a pagar por dietas y millaje, así como el procedimiento de desembolso. Las dietas se otorgan a residentes de Puerto Rico que viajen más de cinco millas y a quienes provengan del extranjero, conforme a las escalas del Departamento de Hacienda, excluyendo a funcionarios públicos por sus funciones inherentes. Los gastos de transportación cubren pasajes de porteador común, millaje por uso de vehículo privado o pasajes aéreos internacionales por la ruta más económica. El alojamiento se reembolsa por costos reales, con facturas y bajo normas de austeridad gubernamental. El proceso de pago implica que la oficina de origen registre diariamente a los citados, certifique su comparecencia y prepare semanalmente nóminas o comprobantes. Estos documentos son verificados y firmados por el jefe de división antes de ser remitidos a la División de Finanzas para su tramitación y pago.
REGLAMENTO: PARA EL PAGO DE GASTOS DE VIAJE A PERSONAS CITADAS POR LOS FISCALES O ABOGADOS DEL DEPARTAMENTO DE JUSTICIA PARA ENTREVISTAS O INVESTIGACIONES ...1966
| 1- Base Legal | |
| Este reglamento se promulga a tenor con las disposigines de las siguientes leyes. |
1- Base Legal
a- Ley Núm. 112 del 30 de junio de 1957 conocida como Ley Sobre Reglamentos. b- Ley Núm. 28 del 4 de junio de 1960 que faculta al Secretario de Justicia a reglamentar el pago de dietas y millaje a personas citadas por fiscales y/o abogados del Departamento de Justicia, para entrevistas...
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