Agencia:
Departamento del Trabajo y Recursos Humanos
Número:
1633
Estado:
Activo
Año:
1972
Fecha:
28 de diciembre de 1972
La Secretaría del Trabajo de Puerto Rico, Julia Rivera de Vincenti, ha enmendado el Reglamento Número 3, ahora denominado Reglamento Número 5, referente a las computaciones de los planes privados de beneficios por incapacidad. Este reglamento establece las obligaciones de pago anual que los patronos o administradores deben realizar al Fondo de Beneficios por Incapacidad. Las computaciones se aplican a los salarios cubiertos, con un límite de $9,000 por empleado, y deben ser pagadas a más tardar el 31 de marzo del año siguiente.
El reglamento detalla tres tasas de computación principales. Una tasa del 0.025% cubre la participación en el costo de los beneficios para personas incapacitadas desempleadas. Otra tasa del 0.025% se destina a los costos administrativos del programa público relacionados con los planes privados. La tercera tasa, por riesgos selectivos, se calcula en 0.00004 multiplicado por la diferencia entre 115 y el "Índice de Riesgo Favorable" del plan.
Este índice se determina considerando el porcentaje de mujeres menores de 50 años y empleados de 50 años o más, así como la proporción de salarios cubiertos. El documento también especifica cómo calcular las computaciones para planes que han estado en vigor solo durante parte de un año natural. Además, permite a ciertos planes solicitar una base sustituta para determinar la computación si no pueden obtener los datos requeridos.
Yo, Julia Rivera de Vincenti, Secretaria del Trabajo de Puerto Rico, a tenor con la autoridad que me confiere la Seccion 6
(a) de la Ley 139 del 26 de junio de 1968, enmendada, (II LPRA-206
(a) ), conocida como la Ley de Beneficios por Incapacidad, por la presente enmiendo el Reglamento Nômero 3 "Computaciones de los Planes Privados" aprobado bajo la citada Ley el 23 de abril de 1969 para que lea como sigue:
Este reglamentoestablece, de acuerdo a las subsecciones 5
(a) , 7 y 5
(a) 8 de la Ley,...
Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.
Sin tarjeta de crédito