Agencia:
Administración de Fomento Cooperativo
Número:
1501
Estado:
Activo
Año:
1971
Fecha:
4 de noviembre de 1971
Este reglamento, aprobado el 4 de noviembre de 1971 por la Administración de Fomento Cooperativo del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, establece las normas para la sindicatura de sociedades cooperativas. Detalla el procedimiento para el nombramiento del síndico, incluyendo la base legal, definiciones y los pasos para iniciar la sindicatura. El documento contempla vistas administrativas y la revisión judicial de la resolución de nombramiento. Además, especifica las personas que pueden actuar como síndicos, sus fianzas y deberes durante la operación de la sindicatura. El reglamento también aborda la rehabilitación de la cooperativa, la protección de los fondos de socios y entidades, y la transferencia de bienes y derechos al síndico. Finalmente, regula la liquidación total de la cooperativa, la remoción del síndico por incompetencia y la terminación de la sindicatura y su responsabilidad.
4 de nolembre de 1971-1:30 P.M. Aprobador Fernando Chardon
Estado Libre Asociado de Puerto Rico, secretario de Estado A JMINISTRACION DE FOMENTO COOPERATIVO
Santurce, Puerto Rico fambar. de Pierluisi Por: Lourdes I. de Pierluisi Secretaria Auxiliar de Estado
REGLAMENTO PARA LA SINDICATURA JE SOCIEDADES COOPERATIVAS ORGANIZADAS BAJO LAS LEYES DEL
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
Seccion 1 Sección 2 Sección 3 Sección 4 Sección 5 Sección 6 Sección 7
Sección 8 Sección 9 Sección 10
Sección 11
Sección 12 Sección 13
Sección 14 Sección 15 Sección 16
Título del Reglamento Base Legal ...
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