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Reglamentos/Agencias/Administración y Trans. de los Recursos Humanos (OATRH)/Reglamento 1338

Reglamento 1338

Activo

Enmienda la Regla 13, Inciso 3, sobre conservación de documentos, tales como solicitudes de exámenes, papeles de exámenes y demás documentos de los examinados. (Enmienda el Reglamento 33). No incluido indice Ley 149 12-dic-2005.

Información del Reglamento

Agencia:

Administración y Trans. de los Recursos Humanos (OATRH)

Número:

1338

Estado:

Activo

Detalles Técnicos

Año:

1970

Fecha:

22 de mayo de 1970

Descripción

El 22 de mayo de 1970, se aprobaron las Reglas de Personal, firmadas por el Secretario de Estado Fernando Chardon y la Secretaria Auxiliar de Estado Lourdes I. de Pierluisi. La Regla 13, Inciso 3, establece las directrices para la conservación de documentos de exámenes. Según esta norma, las solicitudes, papeles y demás documentos de los examinados, tanto elegibles como inelegibles, se mantendrán archivados por un período de 60 días. Este plazo comienza a partir de la fecha en que el Director de Personal notifica por escrito al examinado sobre su calificación, su turno en el registro o su fracaso. Dicho informe debe apercibir al examinado de su derecho a solicitar una inspección de sus papeles de exámenes y calificaciones dentro de los 30 días siguientes. Si no se recibe tal solicitud en ese período, el Director podrá proceder a la destrucción de los documentos. En caso de que un examinado solicite revisión, el Director deberá resolverla conforme a la Sección 17 de la Ley, y si la decisión es adversa, se podrá proceder según lo dispuesto en esta Regla. La Regla 16 indica que estas disposiciones entrarán en vigor una vez sean aprobadas y promulgadas por el Gobernador del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.

Contenido del Reglamento

22 de mayo de 1970 --- 1:11 P. 1 Aprobado: Fernando Chardon Secretario de Estado

REGLAS DE PERSONAL

REGLA 13 INCISO 3

Conservación de Documentos:

Laurdes 2 de Pierluisi
Por: Lourdes I. de Pierluisi
Secretaria Auxiliar de Estado

Las solicitudes de exámenes, papeles de exámenes y demás documentos de los examinados, elegibles e inelegibles se mantendrán archivados durante 60 días, a partir de la fecha en que el examinado sea informado por escrito por el Director de Personal de la calificación obtenida por el y el turno que ocupa su nombre en el registro o de su fracaso en el exa...

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