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Reglamentos/Agencias/Departamento del Trabajo y Recursos Humanos/Reglamento 1277

Reglamento 1277

Activo

Reglamento General de Seguridad e Higiene Industrial, Cap. IV -- Ascensores de personas. No incluido en el índice bajo Ley 149 de 12 dic, 2005

Información del Reglamento

Agencia:

Departamento del Trabajo y Recursos Humanos

Número:

1277

Estado:

Activo

Detalles Técnicos

Año:

1969

Fecha:

17 de octubre de 1969

Descripción

Aprobado el 17 de octubre de 1969, este documento conforma el Capítulo IV del Reglamento General de Seguridad e Higiene Industrial, dedicado íntegramente a los ascensores de personas. Establece un marco normativo exhaustivo para garantizar la seguridad y el funcionamiento adecuado de estos sistemas en el ámbito industrial. El reglamento abarca desde disposiciones generales y definiciones hasta requisitos técnicos detallados para cada componente esencial.

Se especifican las características de los pozos de los ascensores, incluyendo sus cajas, puertas de acceso, vigas y cimientos. También se regulan la instalación eléctrica, los mecanismos y la maquinaria, así como los dispositivos de seguridad, los reguladores de velocidad, las guías, los amortiguadores y los contrapesos. Además, se detallan las exigencias para la instalación de cables, el diseño y condiciones del cuarto de máquinas, y la estructura del carro, incluyendo su armazón, plataforma y cabina.

El documento también aborda la capacidad y carga de los ascensores, y los dispositivos inmovilizadores para puertas del pozo, contactos eléctricos y sistemas de estacionamiento. Para complementar estas directrices, se adopta la Sección 111 del estándar estadounidense A17.1 sobre ascensores, montacargas y escaleras mecánicas. Este conjunto de reglas busca asegurar la operación segura y eficiente de los ascensores de pasajeros.

Contenido del Reglamento

Núm. 1277 17 de octubre de 1969 -2:38 A.M. Aprobado: Fernando Chardon Secretario de Estado Fasur S. D. de diny Por: Gloria I. Silva de Díaz Secretaria Auxiliar de Estado

REGLAMENTO GENERAL DE SEGURIDAD E HIGIENE INDUSTRIAL CAPITULO IV ASCENSORES DE PERSONAS

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CAPITULO IV

REGLAMENTO GEBERAL DE SEGURIDAD E HIGIE' E INDUSTRIAL ASCEMSORES DE PERSOJAS C 0 N T E I I D 0

REGLA 1 DISPOSICIOEES ESPECIALES Y GEIERALES A- Disposiciones Especiales 3- Disposiciones Generales REGLA 2 DEFINICIOEES A- Definiciones Generales B- Definiciones Especificas REGLA 3 LOS POZOS DE LOS ASCENSORES A- Rejuisito...

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