Agencia:
Departamento de Agricultura
Número:
1222
Estado:
Activo
Año:
1968
Fecha:
27 de diciembre de 1968
El Departamento de Agricultura del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, con fecha 27 de diciembre de 1968, reenacta las normas para los grados de gandures verdes enlatados, derogando las aprobadas en 1958. El documento define los gandures verdes enlatados como granos verdes de la planta Cajanus Cajan, adecuadamente preparados, envasados en agua con sal o azúcar, sellados herméticamente y esterilizados. Establece cuatro grados de calidad: P. R. Grado "A", "B", "C" y "Subestandar". Cada grado se diferencia por características como la similitud de la variedad, sabor, olor, medio de empaque, color, condición y la ausencia de defectos, requiriendo puntuaciones mínimas de 90, 80 y 70 puntos respectivamente para los grados "A", "B" y "C". Además, se especifica un peso escurrido recomendado para envases individuales, con mínimos para latas Num. 2, Num. 303 y Nt. 1 - Picnic. Para lotes, el peso escurrido recomendado se determina por el promedio de la muestra, la cantidad de envases que cumplen y la variación dentro de prácticas comerciales. La determinación del grado final considera tanto factores de calidad que no reciben puntuación numérica, como las características de la variedad, el sabor y olor, y el medio de empaque, como aquellos que sí la reciben.
Núm. 1222 Dec 27, 1968 - 8:50 A. M. Aprobado: Guillermo Irizarry Secretario de Estado
Por: Gloria I. Silva de Díaz Secretaria Auxiliar de Estado
Estado Libre Asociado de Puerto Rico DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA San Juan, Puerto Rico
DE LAS NORMAS PARA GRADOS DE GANDURES VERDES ENLATADOS 1/ Y DEROGACION DE LAS APROBADAS POR EL SECRETARIO DE AGRICULTURA EL 11 DE DICIEMBRE DE 1958
Se reenactan las normas para grados de Gandures verdes enlatados $1 /$ aprobadas por el Secretario de Agricultura el 11 de diciembre de 1958, para que se lean como sigue:
NORMAS PARA GRADOS DE GANDU...
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