Agencia:
Junta Reguladora de Ventas a Plazos
Número:
1121
Estado:
Activo
Año:
1967
Fecha:
21 de agosto de 1967
Este reglamento, aprobado el 21 de agosto de 1967 por la Junta Reguladora del Crédito en Ventas al Por Menor a Plazos y de Compañías de Financiamiento de Puerto Rico, establece los cargos máximos por servicio de crédito en la venta a plazos de enseres eléctricos comerciales. Su promulgación responde a un notable incremento en las importaciones y ventas a crédito de bienes duraderos, y a un estudio económico que reveló la necesidad de reglamentar estas transacciones. La Junta, amparándose en la Ley 68 de 1964, fija un cargo máximo anual del diez (10) por ciento para estos servicios.
El cargo se calcula sobre la diferencia entre el precio de venta al contado y el pronto pago, sumando los derechos de registro si los hubiere, y es aplicable a contratos con plazos continuos y sustancialmente iguales. El reglamento también define "enseres eléctricos comerciales" como aquellos diseñados para uso en el comercio. Además, aborda los cargos por mora y los procedimientos para reembolsos por pago anticipado, diferimiento y refinanciamiento de contratos. Se estipula que los derechos de inscripción de contratos solo podrán cobrarse si estos son debidamente registrados, debiendo ser devueltos al comprador en caso contrario.
21 de 21 de osto de 1967 - 2:15 P.M. Aprobado: Guillermo Irizarry Estado Libre Asociado de Puerto Rictus ADMINISTRACION DE ESTABILIZACION ECONO Apartado 13934 Por: Gloria I. Silva de Diaz Santurce, Puerto Rico 00908 Sec. Aux. de Estado JUNTA REGULADORA DEL CREDITO EN VENTAS AL POR MENOR A PLAZOS Y DE COMPAÑIAS DE FINANCIAMIENTO
REGLAMENTO PARA EL ESTABLECIMIENTO DE CARGOS MAXIMOS POR SERVICIO DE CREDITO EN LA VENTA AL POR MENOR A PLAZOS DE ENSERES ELECTRICOS COMERCIALES
El incremento experimentado en las importaciones de enseres eléctricos del hogar y comerciales e...
Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.
Sin tarjeta de crédito