CodeXpr
Beta v0.7
BuscarStudio | Chat¿Cómo Funciona?Acerca de
LeyesCasosReglamentosÓrdenes EjecutivasBúsqueda

© 2026 CodeXpr. All rights reserved.

Terms of UseSupport

Powered by NeoInertia

Reglamentos/Agencias/Departamento de Agricultura/Reglamento 1058

Reglamento 1058

Activo

Enmienda el Reglamento 739 sobre la caza: armoniza los periodos de caza y veda de aves acuaticas con las disposiciones del Departamento Federal de lo Interior sobre aves acuaticas migratorias. No incluido indice Ley 149 12-dic-2005

Información del Reglamento

Agencia:

Departamento de Agricultura

Número:

1058

Estado:

Activo

Detalles Técnicos

Año:

1966

Fecha:

2 de noviembre de 1966

Descripción

El Departamento de Agricultura del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, con aprobación del Secretario de Estado Interino, enmienda el Reglamento para Regir la Caza, aprobado en 1961. La modificación del Artículo 5 redefine las aves y animales de caza, incluyendo tórtolas, palomas, una extensa lista de aves acuáticas como patos, gallinazos y gallaretas, además de cabros y cerdos silvestres de la Isla de Mona y cabros de Desecheo. Se especifica que estas especies solo podrán cazarse en los períodos y cantidades fijadas en los Artículos 6 y 7. El Artículo 6(b) establece los períodos de caza y veda para las aves acuáticas, permitiendo la caza desde el tercer sábado de diciembre hasta el último domingo de enero, exclusivamente los sábados, domingos y lunes. Estas disposiciones deben ser consistentes con las regulaciones federales de Estados Unidos sobre aves acuáticas migratorias. Finalmente, el Artículo 7 ajusta los límites diarios de caza, permitiendo un máximo de quince tórtolas en conjunto y ocho palomas, con la excepción de quince palomas en la Isla de Mona.

Contenido del Reglamento

Estib Libre Asociado de Puerto Rico DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA 2 de noviembre de $1966-1: 40$ San Juan, Puerto Rico

Aprobado: Adolfo Porrata Dori Secretario de Estado Interino Por: María A. Suarez Secretaria Auxiliar de Estado Adjunta

AL ARTICULO 5, AL INCISO

(b) DEL ARTICULO 6 Y AL ARTICULO 7 DEL REGLAMENTO PARA REGIR LA CAZA EN EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, APROBADO EL 8 DE DICIEMBRE DE 1961.

Seccion 1. Se enmienda el Artículo 5 del Reglamento para Regir la Caza en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, aprobado el 8 de diciembre de 1961, según enmendado, para que lea como s...

Page 1

Crea una Cuenta Gratis

Todo el contenido de Leyes, Casos y Reglamentos es siempre gratis.

Sin tarjeta de crédito