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Reglamentos/Agencias/Junta Azucarera/Reglamento 886

Reglamento 886

Activo

Regla #9 para autorizar uso opcional del hidrometro o del refractometro en el analisis de muestras del jugo de cañas entregadas centrales para su molienda. Vigencia en la zafra de 1994.

Información del Reglamento

Agencia:

Junta Azucarera

Número:

886

Estado:

Activo

Detalles Técnicos

Año:

1964

Fecha:

20 de enero de 1964

Descripción

La Regla #9 de la Junta Azucarera de Puerto Rico autoriza el uso opcional de hidrómetros o refractómetros para el análisis de muestras del jugo de caña. El propósito es determinar el rendimiento de azúcar de 96 grados de polarización, según lo dispuesto en el Artículo 4 de la Ley Azucarera #426 de 1951. Para la determinación del "Brix" en las muestras de jugo de primera extracción, se utilizarán instrumentos debidamente calibrados y aceptados por la Junta. Las centrales azucareras deben notificar por escrito a la Junta su opción de método antes de comenzar la zafra. El método seleccionado deberá emplearse consistentemente durante toda esa zafra. Un cambio de método dentro del curso de una zafra solo será autorizado por la Junta por causa justificada, y nunca durante un período de liquidación provisional. Esta normativa entrará en vigor a partir de la zafra de 1964. La Junta acordó esta regla el 2 de octubre de 1963, siendo aprobada por el Gobernador de Puerto Rico, Luis Muñoz Marín.

Contenido del Reglamento

Estado Libre Asociado de Puerto Rico JUNTA AZUCARERA DE PUERTO RICO Apartado #3828 San Juan, Puerto Rico

REGLA #9

Para autorizar el uso opcional del hidrometro - del refractometro en el analisis de muestras del jugo de las cañas entregadas a las centrales para su molienda para la determinación del rendimiento de azúcar de $96^{\circ}$ grados de polarización de las cañas como lo dispone el Artículo 4 de la Ley Azucarera #426 de 13 de mayo de 1951 como ha sido enmendada.

ARTICULO I - Para determinar el "Brix" en las muestras del jugo de primera extraccion al analizarse para la determinaci...

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