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Reglamentos/Agencias/Departamento de Estado/Reglamento 15

Reglamento 15

Activo

Reglamento de la Junta Examinadora de Maestros y Oficiales Plomeros de Puerto Rico, bajo la Ley 88 del 4 de mayo de 1939.

Información del Reglamento

Agencia:

Departamento de Estado

Número:

15

Estado:

Activo

Detalles Técnicos

Año:

1957

Fecha:

8 de julio de 1957

Descripción

El Reglamento Interno de la Junta Examinadora de Maestros y Oficiales Plomeros de Puerto Rico establece las normas para su funcionamiento, creada bajo la Ley #88 de 1939. Su propósito principal es regular y administrar los exámenes para la certificación de Maestros y Oficiales Plomeros en la isla. La Junta debe convocar exámenes al menos una vez al año, publicando la convocatoria con 60 días de antelación y preparando el programa correspondiente.

Define los requisitos de elegibilidad para los aspirantes, incluyendo aquellos que cumplan con la Ley #88, posean licencias de Estados Unidos (pudiendo obtener una licencia sin examen previo) o diplomas de Escuelas Vocacionales. También se detallan los procedimientos para la expedición de duplicados de licencias y tarjetas de identificación en caso de pérdida. El documento especifica la composición de la Junta, que incluye un Presidente, Vice-Presidente y tres vocales, con el Secretario-Tesorero designado según la Ley 320 de 1946. Se delinean las responsabilidades de estos cargos, así como las reglas para la firma de diplomas y tarjetas, y las normas para la toma de decisiones mediante votación mayoritaria.

Contenido del Reglamento

REGLAMENTOINTERNO

JUNTA EXAMINADORA DE MAESTROS Y OFICIALES PLOMEROS DE PUERTO RICO

ARTICULO 1- Esta Junta ha sido creada y organizada a virtud de la Ley #88 ticalada "Ley para regular los exámenes de Maestros y Oficiales Plomeros y para otros fines, aprobada por la Legislatura de Puerto Rico, en mayo 4 de 1939.

ARTICULO 2- El título oficial de éste organismo será el de "Junta Examinadora de Maestros y Oficiales Plomeros de Puerto Rico".

ARTICULO 3- Será deber de ésta Junta señalar por lo menos una vez cada año exámenes para Maestros y Oficiales Plomeros, debiéndose publicar la conv...

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