Esta ley crea el 'Premio Raúl Juliá', un galardón anual que consiste en una beca de $15,000 para estudios de arte dramático fuera de Puerto Rico. Se otorga a estudiantes sobresalientes en artes teatrales que también se hayan destacado en el servicio comunitario. La Cámara de Representantes de Puerto Rico designa un comité de nominaciones y establece los reglamentos para su concesión, asignando anualmente los fondos necesarios de su presupuesto.
Para crear el 'Premio Raúl Juliá' y establecer los criterios y procedimientos para su otorgación.
El calibre humano y profesional de Raúl Juliá trascendió las fronteras de la Isla de Puerto Rico hacia otras tierras. La trayectoria de su vida así lo demostró.
Raúl Juliá Arcelay nació en San Juan de Puerto Rico el 9 de marzo de 1940. Durante su juventud, demostró ser un joven disciplinado y perseverante. Su inclinación por las artes escénicas le llevó en 1964, luego de terminar su Bachillerato en la Universidad de Puerto Rico, a emprender una jornada difícil pero laboriosa en las tablas neoyorquinas.
Su tesón, empeño y dedicación rindieron frutos de los que hoy el pueblo puertorriqueño se siente orgulloso. Durante sus treinta años de carrera artística, Raúl Juliá cosechó triunfos consagrándose como actor al desempeñarse en obras que van desde el drama clásico de Shakespeare hasta la comedia. Su recorrido por las tablas, incluyó también, obras musicales en Broadway. Sus logros cinematográficos en Hollywood nunca opacaron su amor por esta Isla, dedicando tiempo también para participar en producciones puertorriqueñas.
Su congestionada agenda profesional, sin embargo, no marginó al ser humano en Raúl Juliá de la realidad que vive el mundo. Raúl Juliá se dedicó a la concientización de dos de los problemas más graves que enfrentamos hoy día, la hambruna y la conservación del ambiente. Su conciencia social iba de brazo con su carrera profesional.
Desafiando la barrera del idioma, las etiquetas y estereotipos como puertorriqueño y latino, Raúl Juliá se desempeñó en los Estados Unidos, interpretando infinidad de roles y diversos personajes. Siempre orgulloso de su puertorriqueñidad, se abrió camino con su propio esfuerzo, conquistando el mundo del espectáculo. Este gran ser humano puertorriqueño alcanzó una estrella, que a otros les parecía imposible de alcanzar. Hoy Raúl Juliá es ejemplo y símbolo de esperanza para todo puertorriqueño que navega hacia otros horizontes conquistando nuevas tierras en busca de un sueño. Raúl Juliá representa el fruto que germina de la semilla del trabajo y la disciplina profesional. La estrella de Raúl Juliá hoy ilumina, desde el firmamento, el camino de aquellos que vendrán después de él.
El pueblo de Puerto Rico, reconociendo la trascendencia internacional de este gran actor puertorriqueño, tanto por su recorrido artístico como por su labor humanitaria, le rinde un homenaje póstumo con el 'Premio Raúl Juliá'. Este Premio habrá de otorgarse en su memoria anualmente a un estudiante de Arte Dramático.
Artículo 1.-Se crea el "Premio Raúl Juliá" a otorgarse a un estudiante sobresaliente en el campo de las artes teatrales, que se haya destacado a su vez en el servicio a la comunidad y que desee proseguir sus estudios de arte dramático fuera de Puerto Rico.
Artículo 2.-El Premio se otorgará anualmente y consistirá de una beca para estudios de quince mil $(15,000)$ dólares.
Artículo 3.-El Presidente de la Cámara de Representantes de Puerto Rico designará un Comité de Nominaciones, integrado por cinco (5) personas directamente envueltas en el campo de las artes escénicas, incluyendo por lo menos a un (1) miembro de la facultad del Departamento de Drama de la Universidad de Puerto Rico y al Director del Programa de Teatro del Instituto de Cultura Puertorriqueña.
Artículo 4.-El Comité de Nominaciones tendrá la encomienda de seleccionar no más tarde de la tercera semana de mayo de cada año al estudiante recipiente del "Premio Raúl Juliá". La Cámara de Representantes establecerá por reglamento los demás pormenores en lo que concierne a la concesión del premio.
Artículo 5.-El Premio se otorgará en metálico o en cualquier otra forma que se establezca mediante reglamento.
Artículo 6.-La Cámara de Representantes de Puerto Rico separará anualmente de su Presupuesto General la cantidad de quince mil $(15,000)$ dólares para la otorgación del Premio.
Artículo 7.-Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.