Ley 78 del 2025

Resumen

La ley enmienda el Código Municipal de Puerto Rico para eximir los medicamentos recetados del pago de contribución sobre propiedad mueble. Su objetivo es reducir los costos para las farmacias, fomentar un mayor inventario de medicamentos esenciales y mejorar el acceso y la asequibilidad de los fármacos recetados para la salud pública.

Contenido

Yo, ALBERTO LEÓN AYALA, Secretario de la Cámara de Representantes del Gobierno de Puerto Rico,

CERTIFICO:

Que el P. de la C. 500 (Conferencia), titulado

"Ley

Para añadir un inciso (ii) al Artículo 7.092 de la , según enmendada, conocida como el "Código Municipal de Puerto Rico" con el fin de eximir del pago de contribución sobre propiedad mueble los medicamentos recetados; y para otros fines relacionados." ha sido aprobado por la Cámara de Representantes y el Senado del Gobierno de Puerto Rico en la forma que expresa el documento que se acompaña.

PARA QUE ASÍ CONSTE, y para notificar a la Gobernadora del Gobierno de Puerto Rico, expido la presente en mi oficina en el Capitolio, San Juan, Puerto Rico a los treinta (30) días del mes de junio del año dos mil veinticinco y estampo en ella el sello de la Cámara de Representantes del Gobierno de Puerto Rico.

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(P. de la C. 500) (Conferencia)

LEY

Para añadir un inciso (ii) al Artículo 7.092 de la , según enmendada, conocida como el "Código Municipal de Puerto Rico" con el fin de eximir del pago de contribución sobre propiedad mueble los medicamentos recetados; y para otros fines relacionados.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La aplicación de impuesto al inventario es especialmente injusta cuando nos referimos a los medicamentos con receta. Lo medicamentos con receta no pagan el Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU) y, por las mismas razones de política pública, tampoco deben estar sujeto a ninguna contribución municipal. Los medicamentos recetados son una necesidad vital para cada paciente; y por eso es política pública de esta Administración aumentar la disponibilidad, el acceso y disminuir el costo de éstos.

El tener que pagar un impuesto al inventario sobre estos medicamentos disuade que las farmacias tengan mayor cantidad de medicamentos disponibles en su recetario atrasando así el despacho a los pacientes. Además, el impuesto al inventario es un costo que la farmacia no puede pasarle al paciente y tienen que absorberlo de sus ganancias. Esta situación afecta de manera sustancial y desproporcionalmente a las farmacias de la comunidad. Dado que el 90% de su venta provienen del recetario (medicamentos con receta) y solo un 10% de medicamentos sin receta y productos de góndola.

Por tratarse de un interés apremiante del Estado la salud de los ciudadanos, es la intención de esta Asamblea Legislativa garantizar un mayor inventario de medicamentos recetados en Puerto Rico eximiendo esta categoría de productos del pago del impuesto al inventario.

DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Sección 1.- Se añade un inciso (ii) al Artículo 7.092 de la , según enmendada, el cual se leerá como como sigue: "Artículo 7.092 - Propiedad Exenta de la Imposición de Contribuciones. Estarán exentos de tributación para la imposición de toda contribución sobre propiedad mueble e inmueble los siguientes bienes:

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a) ...

(ii) Los medicamentos recetados, según dicho término se define en el apartado

(a) de la Sección 4030.12 de la , según enmendada, conocida como Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011, según enmendado."

Sección 2.- Vigencia.

Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

Presidente del Senado

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Este P. de $\qquad$ Núm. 50 Fue recibido por la Gobernadora de Puerto Rico Hoy $\qquad$ de $\qquad$ 3440 de $\qquad$ 2017

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Enmiendas1 enmienda relacionadas con esta ley

Esta ley no ha sido enmendada **

Esta ley modifica 1 ley **

Ver Ley 107-2020
Adición
Artículo 7.092

Se añade un inciso (ii) al Artículo 7.092 para eximir del pago de contribución sobre propiedad mueble a los medicamentos recetados, según dicho término se define en el apartado (a) de la Sección 4030.12 de la Ley 1-2011, conocida como Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011.

** Aún estamos procesando enmiendas, puede que falte Información.

Votación

Cámara de Representantes

LegisladorVoto
Adriana Gutiérrez Colón
A Favor
Ángel A. Fourquet Cordero
Ausente
Ángel Morey Noble
A Favor
Ángel R. Peña Ramírez
A Favor
Axel Roque Gracia
A Favor
Carlos J. Méndez Núñez
A Favor
Carmen Medina Calderón
A Favor
Christian Muriel Sánchez
A Favor
Denis Márquez Lebrón
A Favor
Domingo J. Torres García
A Favor
Eddie Charbonier Chinea
A Favor
Edgardo Feliciano Sánchez
A Favor
Edgar Robles Rivera
A Favor
Elinette González Aguayo
A Favor
Emilio Carlo Acosta
A Favor
Ensol Rodríguez Torres
A Favor
Estrella Martínez Soto
A Favor
Félix Emmanuel Pacheco Burgos
A Favor
Fernando Sanabria Colón
A Favor
Gabriel Rodríguez Aguiló
A Favor
Gretchen M. Hau
A Favor
Héctor E. Ferrer Santiago
A Favor
Jerry Nieves Rosario
A Favor
Joe Colón Rodríguez
A Favor
Joel Franqui Atiles
A Favor
Jorge Navarro Suárez
A Favor
José E. Torres Zamora
A Favor
José F. Aponte Hernández
Ausente
José Hernández Concepción
A Favor
José Jesús Pérez Cordero
A Favor
José M. Varela Fernández
Ausente
Lilibeth Rosas Vargas
A Favor
Lisie J. Burgos Muñiz
A Favor
Luis Josean Jiménez Torres
A Favor
Luis Pérez Ortiz
A Favor
María de Lourdes Ramos Rivera
A Favor
Nelie Lebrón Robles
A Favor
Odalys González González
A Favor
Omayra Milagros Martínez Vázquez
A Favor
Pedro Julio Santiago Guzmán
A Favor
Ramón A. Torres Cruz
A Favor
Reinaldo Figueroa Acevedo
A Favor
Ricardo Rey Ocasio Ramos
A Favor
Roberto Rivera Ruiz de Porras
Ausente
Sergio E. Estévez Vélez
A Favor
Sol Yamiz Higgins Cuadrado
A Favor
Swanny E. Vargas Laureano
A Favor
Tatiana Pérez Ramírez
A Favor
Víctor L Parés Otero
A Favor
Vimarie Peña Dávila
A Favor
Wanda Del Valle Correa
Ausente
Wilson J. Román López
A Favor
Yashira M. Lebrón Rodríguez
A Favor