Ley 179 del 2024

Resumen

Declara el segundo viernes de marzo de cada año como el "Día de Logros de la Cosecha del Café" para homenajear a los trabajadores y patronos de esta industria agrícola. Encomienda al Gobernador emitir una proclama y a los Departamentos del Trabajo y Recursos Humanos y de Agricultura coordinar las actividades de celebración.

Contenido

(P. de la C. 1836)

LEY

Para declarar el segundo viernes de marzo de cada año como el "Día de Logros de la Cosecha del Café", con el propósito de homenajear y concienciar a la ciudadanía sobre la importancia de estos trabajadores en la industria agrícola y la fuerza laboral; y para otros fines.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La industria del café es uno de los pilares de la agricultura puertorriqueña. Esta industria se ha caracterizado por brindar un producto de alta calidad que distingue a Puerto Rico a nivel internacional. Los caficultores están concentrados en la región oeste central de Puerto Rico; siendo los principales municipios que componen la zona de producción de café los siguientes: Adjuntas, Jayuya, Lares, San Sebastián, Orocovis, Ponce, San Germán, Ciales, Las Marías, Maricao, Utuado y Yauco. El cultivo de café es responsable de cientos de empleos directos e indirectos, comenzando desde la siembra y finalizando en el punto de venta.

Lamentablemente, la industria del café ha enfrentado grandes retos durante las últimas décadas: altos costos de producción, plagas, huracanes y escasez de trabajadores para la recolección del producto. En cuanto a la mano de obra, el Programa Agrícola del Servicio de Empleo del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (DTRH) brinda servicios a los trabajadores agrícolas, inmigrantes y estacionales, y ofrecen orientación y servicios básicos a patronos y candidatos a empleo. De esta forma, el DTRH mantiene contacto directo con los caficultores a través de las oficinas regionales del Servicio de Empleo. Personal especializado en el reclutamiento de trabajadores agrícolas mantiene un inventario de patronos y trabajadores diestros para suplir la demanda de mano de obra. El Programa Agrícola del Servicio de Empleo del DTRH ha reclutado recolectores de café durante aproximadamente cuarenta años a petición de los caficultores de Puerto Rico. Además, esta oficina ha coordinado con el Departamento de Agricultura el pago de los bonos y gastos por transportación a recolectores que esta última agencia administra.

Para celebrar todos estos esfuerzos, el DTRH ha realizado durante varios años el "Día de Logros de la Cosecha del Café". Este evento busca reconocer a los caficultores y recolectores de café por sus aportaciones en la fuerza laboral agrícola. Este evento ha cobrado mayor relevancia al tomar en consideración todas las adversidades que enfrentan los caficultores, a lo cual se suma el paso reciente del Huracán Fiona por Puerto Rico. Esta celebración sirve para reconocer: (1) el patrono agrícola que más empleados reclutó utilizando el Servicio de Empleo; (2) el trabajador agrícola que más almudes de café recogió durante la temporada; y (3) el patrono agrícola que recolectó

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mayor cosecha de café. Esta Ley permitirá formalizar esta gran celebración para asegurar su continuidad y se sumará a los esfuerzos para celebrar a estos trabajadores tan valiosos para la agricultura de Puerto Rico.

En reconocimiento de la importancia de esta celebración, la Asamblea Legislativa entiende necesario declarar anualmente el "Día de Logros de la Cosecha del Cafée" como reconocimiento a la clase trabajadora agrícola de Puerto Rico, en particular de la industria del café. Sin duda, celebrar y reconocer a los patronos y empleados agrícolas dedicados a la cosecha del café servirá como incentivo para sumar más personas a esta industria.

DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Artículo 1.- Se declara el segundo viernes de marzo de cada año como el "Día de Logros de la Cosecha del Café", con el propósito de homenajear a los trabajadores y patronos de esta industria y destacar sus aportaciones en el sector agrícola y laboral.

Artículo 2.- El Gobernador de Puerto Rico emitirá una proclama oficial a estos efectos y exhortará a todas las entidades públicas y privadas, así como la ciudadanía en general, a reconocer a los patronos y trabajadores agrícolas de la industria del café.

Artículo 3.- Los Departamentos del Trabajo y Recursos Humanos y de Agricultura tendrán a su cargo la coordinación y celebración de actividades para homenajear a los patronos y trabajadores dedicados a la cosecha del café en todo Puerto Rico.

Artículo 4.- Vigencia Esta Ley empezará a regir inmediatamente después de su aprobación.

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Enmiendas0 enmiendas relacionadas con esta ley

Esta ley no ha sido enmendada **

Esta ley no modifica otras leyes. **

** Aún estamos procesando enmiendas, puede que falte Información.

Votación

Cámara de Representantes

LegisladorVoto
Ángel A. Fourquet Cordero
A Favor
Angel L. Bulerín Ramos
A Favor
Ángel Morey Noble
A Favor
Angel N. Matos García
A Favor
Ángel R. Peña Ramírez
A Favor
Carlos J. Méndez Núñez
A Favor
Deborah Soto Arroyo
A Favor
Denis Márquez Lebrón
A Favor
Domingo J. Torres García
A Favor
Eddie Charbonier Chinea
A Favor
Edgardo Feliciano Sánchez
A Favor
Eladio J. Cardona Quiles
A Favor
Er Yazzer Morales Díaz
A Favor
Estrella Martínez Soto
A Favor
Gabriel Rodríguez Aguiló
A Favor
Gretchen M. Hau
A Favor
Héctor E. Ferrer Santiago
A Favor
Jessie Cortés Ramos
A Favor
Jesús A. Hernández Arroyo
A Favor
Jesús Manuel Ortiz González
A Favor
Jesús Santa Rodríguez
A Favor
Jocelyne M. Rodríguez Negrón
A Favor
Joel Franqui Atiles
A Favor
Joel Sánchez Ayala
A Favor
Jorge A. Rivera Segarra
A Favor
Jorge Navarro Suárez
A Favor
José B. Márquez Reyes
A Favor
José Enrique Meléndez Ortiz
A Favor
José E. Torres Zamora
A Favor
José F. Aponte Hernández
A Favor
José Hernández Concepción
A Favor
José H. Rivera Madera
A Favor
José Jesús Pérez Cordero
A Favor
José M. Varela Fernández
A Favor
José O. González Mercado
A Favor
Juan J. Santiago Nieves
A Favor
Lisie J. Burgos Muñiz
A Favor
Luis Pérez Ortiz
A Favor
Luis Raúl Torres Cruz
Ausente
Luis R. Ortiz Lugo
A Favor
Lydia R. Méndez Silva
A Favor
María de Lourdes Ramos Rivera
A Favor
Mariana Nogales Molinelli
A Favor
Rafael Hernández Montañez
A Favor
Ramón Luis Cruz Burgos
A Favor
Roberto Rivera Ruiz de Porras
A Favor
Sol Yamiz Higgins Cuadrado
A Favor
Víctor L Parés Otero
A Favor
Wanda Del Valle Correa
A Favor
Wilson J. Román López
A Favor
Yashira M. Lebrón Rodríguez
Ausente