Ley 175 del 2024

Resumen

Declara el 1 de diciembre de cada año como el "Día de la Patrulla Aérea Civil". Ordena a la Guardia Nacional, Departamento de Seguridad Pública, Departamento de Recreación y Deportes y Departamento de Educación, en colaboración con el Departamento de Estado, a coordinar actividades para concienciar sobre la importancia de la Patrulla Aérea Civil y promover la participación ciudadana.

Contenido

(P. de la C. 1327)

LEY

Para declarar el día 1 de diciembre de cada año como, "Día de la Patrulla Aérea Civil"; ordenar a la Guardia Nacional de Puerto Rico, el Departamento de Seguridad Pública, Departamento de Recreación y Deportes y el Departamento de Educación en colaboración con el Departamento de Estado, desarrollar y coordinar, junto a entidades locales e internacionales, aquellas actividades necesarias a los fines de concienciar a la ciudadanía sobre la importancia de la Patrulla Aérea Civil; y para otros fines relacionados.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Patrulla Aérea Civil se fundó el 1 diciembre de 1941, una semana antes de que Estados Unidos entrara en la Segunda Guerra Mundial. Los miembros de la patrulla han estado involucrados en misiones que van desde la defensa contra los submarinos alemanes en la Segunda Guerra Mundial, misiones de rescate después de los atentados del 11 de septiembre de 2001, hasta la entrega de suministros médicos durante la pandemia de la COVID-19.

Hoy, la Patrulla Aérea Civil (conocida por sus siglas en ingles CAP) es una corporación sin fines de lucro autorizada por el gobierno federal que también es el auxiliar de la Fuerza Aérea. La misión de la CAP es apoyar a las comunidades estadounidenses con respuesta de emergencia, diversos servicios de aviación y terrestres, desarrollo juvenil y promoción del poder aéreo, espacial y cibernético a través de la educación aeroespacial. La CAP vuela una amplia gama de misiones operativas diariamente, que incluyen búsqueda y rescate, respuesta a desastres y apoyo a operaciones antidrogas. También ejecutan misiones de objetivos aéreos para mantener la preparación para el combate de los activos de defensa aérea, realizan estudios del espacio aéreo de uso especial y vuelos de orientación para maestros, Air Force ROTC y Air Force JROTC.

Reconocido por la doctrina de la Fuerza Aérea como miembros de la fuerza total, la CAP tiene más de 38,000 miembros adultos y más de 28,000 cadetes en más de 1,500 unidades con un patrón organizativo y una estructura de rango similar a la de la Fuerza Aérea. La CAP tiene ocho regiones geográficas compuestas por 52 alas (Wings), una para cada estado, Puerto Rico y el Distrito de Columbia.

Su programa de cadetes ha impactado la vida de miles de jóvenes. Disciplina, respeto y voluntariado se combinan con acondicionamiento físico para mantener una vida saludable y estar listos para cumplir con las misiones de la entidad. En las reuniones semanales, también se ofrecen clases sobre tecnología aeroespacial y ciencias, en un ambiente propicio para el desarrollo de trabajo en equipo. Nada de lo anterior sería

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posible sin el trabajo de cientos profesionales voluntarios dispuestos a regalar de su tiempo para instruir a los cadetes y cumplir con las demás misiones de la patrulla.

DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Artículo 1.- Se declara el día primero de diciembre como, "Día de la Patrulla Aérea Civil".

Artículo 2.- El Secretario del Departamento de Estado de Puerto Rico emitirá, con al menos diez (10) días de anticipación al día primero de diciembre de cada año, una proclama para comunicar al pueblo puertorriqueño sobre la importancia y los logros de la Patrulla Aérea Civil en Puerto Rico. Copia de la proclama anual será distribuida a los medios de comunicación para su correspondiente divulgación.

Artículo 3.- La Guardia Nacional de Puerto Rico, el Departamento de Seguridad Pública, Departamento de Recreación y Deportes y el Departamento de Educación en colaboración con el Departamento de Estado, desarrollarán y coordinarán, junto a entidades locales e internacionales, aquellas actividades necesarias a los fines de concienciar a la ciudadanía sobre la importancia de la Patrulla Aérea Civil. Asimismo, se promoverá la participación de la ciudadanía y organizaciones dedicadas a promover el deporte, la prevención de las drogas y desarrollo de la juventud en Puerto Rico.

Artículo 4.- Esta Ley tendrá primacía sobre cualquier otra ley estatal, reglamentos, órdenes generales o cartas circulares.

Artículo 5.- Si cualquier artículo, disposición, párrafo, inciso o parte de esta Ley, fuese declarada nula o inconstitucional por cualquier Tribunal competente, se entenderá que el resto de sus disposiciones mantendrán su validez y vigencia.

Artículo 7.- Esta Ley entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.

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Enmiendas0 enmiendas relacionadas con esta ley

Esta ley no ha sido enmendada **

Esta ley no modifica otras leyes. **

** Aún estamos procesando enmiendas, puede que falte Información.

Votación

Cámara de Representantes

LegisladorVoto
Ángel A. Fourquet Cordero
A Favor
Angel L. Bulerín Ramos
A Favor
Ángel Morey Noble
A Favor
Angel N. Matos García
A Favor
Ángel R. Peña Ramírez
A Favor
Carlos J. Méndez Núñez
A Favor
Deborah Soto Arroyo
A Favor
Denis Márquez Lebrón
En Contra
Domingo J. Torres García
A Favor
Eddie Charbonier Chinea
A Favor
Edgardo Feliciano Sánchez
A Favor
Eladio J. Cardona Quiles
A Favor
Er Yazzer Morales Díaz
A Favor
Estrella Martínez Soto
A Favor
Gabriel Rodríguez Aguiló
A Favor
Héctor E. Ferrer Santiago
A Favor
Jessie Cortés Ramos
A Favor
Jesús Manuel Ortiz González
A Favor
Jesús Santa Rodríguez
A Favor
Jocelyne M. Rodríguez Negrón
A Favor
Joel Franqui Atiles
A Favor
Jorge A. Rivera Segarra
A Favor
Jorge Navarro Suárez
A Favor
José Aníbal Díaz Collazo
A Favor
José B. Márquez Reyes
A Favor
José Enrique Meléndez Ortiz
A Favor
José E. Torres Zamora
Ausente
José F. Aponte Hernández
A Favor
José H. Rivera Madera
A Favor
José Jesús Pérez Cordero
Ausente
José M. Varela Fernández
A Favor
José O. González Mercado
A Favor
Juan J. Santiago Nieves
A Favor
Kebin A. Maldonado Martiz
A Favor
Lisie J. Burgos Muñiz
A Favor
Luis Pérez Ortiz
A Favor
Luis Raúl Torres Cruz
A Favor
Luis R. Ortiz Lugo
A Favor
Lydia R. Méndez Silva
A Favor
María de Lourdes Ramos Rivera
A Favor
Mariana Nogales Molinelli
A Favor
Orlando Aponte Rosario
En Contra
Rafael Hernández Montañez
A Favor
Ramón Luis Cruz Burgos
A Favor
Roberto Rivera Ruiz de Porras
A Favor
Sol Yamiz Higgins Cuadrado
A Favor
Víctor L Parés Otero
A Favor
Wanda Del Valle Correa
A Favor
Wilson J. Román López
A Favor
Yashira M. Lebrón Rodríguez
A Favor