Ley 115 del 2024

Resumen

Declara el Teatro Balboa en Mayagüez como Monumento Histórico Nacional. Ordena a la Junta de Planificación y al Instituto de Cultura Puertorriqueña incluirlo en el Inventario de Sitios y Zonas Históricas de Puerto Rico. Instruye a la Oficina Estatal de Conservación Histórica a gestionar su inclusión en el Registro Nacional de Lugares Históricos de EE.UU. Asigna al Municipio de Mayagüez la responsabilidad de su conservación y mantenimiento.

Contenido

Yo, LCDO. JAVIER GÓMEZ CRUZ, Secretario de la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico,

CERTIFICO:

Que el P. de la C. 1441, titulado "Ley Para declarar Monumento Histórico Nacional el Teatro Balboa localizado en la Calle Méndez Vigo, esquina con la Calle Liceo, de Mayagüez; incluirlo en el Inventario de Sitios y Zonas Históricas de Puerto Rico de la Junta de Planificación; ordenar a la Oficina Estatal de Conservación Histórica de Puerto Rico, que gestione la inclusión en el Registro Nacional de Lugares Históricos del Servicio Nacional de Parques del Departamento del Interior de los Estados Unidos; y para otros fines relacionados." ha sido aprobado por la Cámara de Representantes y el Senado del Estado Libre Asociado de Puerto Rico en la forma que expresa el documento que se acompaña.

PARA QUE ASÍ CONSTE, y para notificar al Gobernador del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, expido la presente en mi oficina en el Capitolio, San Juan, Puerto Rico a los veinticuatro (24) días del mes de junio del año dos mil veinticuatro y estampo en ella el sello de la Cámara de Representantes del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.

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(P. de la C. 1441)

LEY

Para declarar Monumento Histórico Nacional el Teatro Balboa localizado en la Calle Méndez Vigo, esquina con la Calle Liceo, de Mayagüez; incluirlo en el Inventario de Sitios y Zonas Históricas de Puerto Rico de la Junta de Planificación; ordenar a la Oficina Estatal de Conservación Histórica de Puerto Rico, que gestione la inclusión en el Registro Nacional de Lugares Históricos del Servicio Nacional de Parques del Departamento del Interior de los Estados Unidos; y para otros fines relacionados.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El Teatro Balboa ubicado en la Calle Méndez Vigo esquina con la Calle Liceo en Mayagüez, fue diseñado por el renombrado arquitecto mayagüezano, Don Luís Perocier Morales en el año 1921. La estructura fue construida con las nuevas influencias traídas a Puerto Rico por los arquitectos educados en Estados Unidos luego de la invasión del 1898.

Esta histórica edificación de dos niveles fue inspirada en un estilo conocido como Renacimiento español que representó las aspiraciones de modernidad, sofisticación y elegancia de la nueva burguesía. Cuatro arcos rebajados sobre columnas cilíndricas estriadas definen la arcada que cobija la entrada principal. La ornamentación fue de aleros con tejas de barro sobre ménsulas molduradas, que junto a dos pilastras cuadradas con bajo relieve vertical y coronamiento moldurado enmarcan la fachada. Un frontón compuesto de secciones rectas y diagonales con albardilla culmina la fachada.

Desde su establecimiento, este monumento fue concebido como un teatro para la comunidad en la década de los 1930. En aquel entonces, las películas de estreno se podían disfrutar en el Teatro Yagüez, pero una vez eran removidas del Yagüez, los ciudadanos podían disfrutarlas en el Teatro-Cine Balboa a precios más asequibles. Fue parte de una red de cines accesibles para la comunidad, dirigidos por José Aguiló, con el propósito de llevar el arte de la cinematografía a todas las personas sin importar su posición social.

Por su relevancia histórica, el Teatro Balboa actualmente es uno de los proyectos más importantes para la Ciudad de Mayagüez, pues mediante su reconstrucción, se busca crear un espacio donde la familia pueda disfrutar del cine puertorriqueño, así como de la cinematografía internacional. De igual forma, el teatro se convertirá en un centro para capacitar mediante talleres a niños y jóvenes en el campo de las artes, el cine y la actuación.

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La restauración de la antigua estructura promete revivir la zona de la calle Méndez Vigo y convertirse en un nuevo atractivo turístico y recreativo en el oeste y en todo el País. Cuando el Teatro Balboa de Mayagüez reabra sus puertas, los asistentes podrán disfrutar de un recinto renovado, cómodo y majestuoso, con la esperanza de recibir a cientos de personas y llenar de vida nocturna al famoso barrio mayagüezano. Tras años cerrado, la deteriorada estructura construida en 1921 comenzó a tomar vida hace varios años, cuando el Municipio de Mayagüez adquirió la propiedad, e inició la restauración.

La promoción de legislación a favor de la conservación de los recursos culturales e históricos promueve la revitalización y el desarrollo económico de las comunidades. Basado en eso, es indispensable que la estructura del Teatro Balboa de Mayagüez sea declarada como un patrimonio nacional y lugar histórico de Puerto Rico. Asimismo, se incluye en el Registro Nacional de Lugares Históricos de los Estados Unidos. Por el valor y la importancia de esta estructura, se promueve su protección y preservación para el disfrute de las presentes y futuras generaciones.

Por todo lo cual, esta Asamblea Legislativa del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, comprometida con la conservación histórica, procura mediante esta legislación que se aprecie y resalte la obra arquitectónica que enmarca este prestigioso Teatro Balboa. Así las cosas, es un deber patrimonial de esta Legislatura y de la Ciudad de Mayagüez, preservar y mantener esta estructura como gran atractivo de valor turístico y cultural para el beneficio de toda la sociedad puertorriqueña y su desarrollo turístico.

DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Artículo 1.- Declarar Monumento Histórico Nacional la estructura del Teatro Balboa de Mayagüez, localizado en la Calle Méndez Vigo, esquina con la Calle Liceo, de Mayagüez.

Artículo 2.- La Junta de Planificación, en coordinación con el Instituto de Cultura Puertorriqueña incluirán al Teatro Balboa en el Inventario de Sitios y Zonas Históricas de Puerto Rico.

Artículo 3.- Se ordena a la Oficina Estatal de Conservación Histórica de Puerto Rico que haga todos los trámites correspondientes para nominar y gestionar la inclusión del Teatro Balboa de Mayagüez al Registro Nacional de Lugares Históricos del Servicio Nacional de Parques del Departamento del Interior de los Estados Unidos.

Artículo 4.- El Instituto de Cultura Puertorriqueña, la Oficina Estatal de Conservación Histórica de Puerto Rico y la Junta de Planificación tomarán las medidas necesarias para dar fiel cumplimiento a esta Ley.

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Artículo 5.- El Municipio Autónomo de Mayagüez deberá hacer todas las gestiones administrativas necesarias para conservar, preservar y mantener bajo su custodia la estructura del Teatro Balboa para el disfrute de las presentes y futuras generaciones.

Artículo 6.- Esta Ley entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.

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Enmiendas0 enmiendas relacionadas con esta ley

Esta ley no ha sido enmendada **

Esta ley no modifica otras leyes. **

** Aún estamos procesando enmiendas, puede que falte Información.

Votación

Cámara de Representantes

LegisladorVoto
Ángel A. Fourquet Cordero
A Favor
Angel L. Bulerín Ramos
Ausente
Ángel Morey Noble
A Favor
Angel N. Matos García
A Favor
Ángel R. Peña Ramírez
A Favor
Carlos J. Méndez Núñez
A Favor
Deborah Soto Arroyo
A Favor
Denis Márquez Lebrón
A Favor
Domingo J. Torres García
A Favor
Eddie Charbonier Chinea
A Favor
Edgardo Feliciano Sánchez
A Favor
Eladio J. Cardona Quiles
A Favor
Er Yazzer Morales Díaz
A Favor
Estrella Martínez Soto
A Favor
Gabriel Rodríguez Aguiló
A Favor
Héctor E. Ferrer Santiago
A Favor
Jessie Cortés Ramos
A Favor
Jesús Manuel Ortiz González
A Favor
Jesús Santa Rodríguez
A Favor
Jocelyne M. Rodríguez Negrón
A Favor
Joel Franqui Atiles
A Favor
Jorge A. Rivera Segarra
A Favor
Jorge Navarro Suárez
A Favor
José Aníbal Díaz Collazo
A Favor
José B. Márquez Reyes
A Favor
José Enrique Meléndez Ortiz
A Favor
José E. Torres Zamora
Ausente
José F. Aponte Hernández
A Favor
José H. Rivera Madera
A Favor
José Jesús Pérez Cordero
A Favor
José M. Varela Fernández
A Favor
José O. González Mercado
A Favor
Juan J. Santiago Nieves
A Favor
Kebin A. Maldonado Martiz
A Favor
Lisie J. Burgos Muñiz
A Favor
Luis Pérez Ortiz
A Favor
Luis Raúl Torres Cruz
A Favor
Luis R. Ortiz Lugo
A Favor
Lydia R. Méndez Silva
A Favor
María de Lourdes Ramos Rivera
A Favor
Mariana Nogales Molinelli
A Favor
Orlando Aponte Rosario
A Favor
Rafael Hernández Montañez
A Favor
Ramón Luis Cruz Burgos
A Favor
Roberto Rivera Ruiz de Porras
A Favor
Sol Yamiz Higgins Cuadrado
A Favor
Víctor L Parés Otero
A Favor
Wanda Del Valle Correa
Ausente
Wilson J. Román López
A Favor
Yashira M. Lebrón Rodríguez
A Favor