Ley 97 del 2023

Resumen

Modifica el Código de Rentas Internas (Ley 1-2011) para añadir una exención del pago de contribución sobre ingresos a los salarios pagados retroactivamente a los empleados civiles del Negociado de la Policía de Puerto Rico. Esta exención aplica a los pagos adeudados por concepto de aumentos salariales otorgados por la Ley 164-2003 y promociones posteriores.

Contenido

(P. del S. 1115)

LEY

Para añadir el inciso (38) a la Sección 1031.02 de la , según enmendada, conocida como "Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011", a los fines de eximir del pago de contribución sobre ingresos los salarios que se les paguen retroactivamente a los empleados civiles del Negociado de la Policía de Puerto Rico por concepto de los aumentos salariales otorgados en virtud de la y cualesquiera otros ingresos que se generen por promociones posteriores de acuerdo a las escalas salariales, que aún se adeuden; y para otros fines.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La concedió un aumento de salario de cien dólares ($100) a los empleados públicos del gobierno central del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. La misma entró en vigencia el 1ro. de enero de 2004. Mediante dicho estatuto se reafirmó el servicio público a nivel central como uno de suma importancia para el desarrollo económico y social del país. Por tal razón, se entendió que era necesario reconocerles su excelente labor y aportación en beneficio de la sociedad puertorriqueña.

DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Artículo 1.- Se añade el inciso (38) a la Sección 1031.02 de la , según enmendada, para que se lea como sigue: "Sección 1031.02.- Exenciones del Ingreso Bruto

(a) Las siguientes partidas de ingreso estarán exentas de tributación bajo este Subtítulo: (1) ... (38) Salarios pagados retroactivamente a los empleados civiles del Negociado de la Policía de Puerto Rico. - A partir del 1 de enero de 2023 estarán exentos de toda tributación los salarios que se les paguen retroactivamente a los empleados civiles del referido Negociado por concepto de los aumentos salariales otorgados en virtud de la Ley 1642003 y cualesquiera otros ingresos que se generen por promociones posteriores de acuerdo a las escalas salariales, que aún se adeuden."

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Artículo 2.- El Secretario del Departamento de Hacienda establecerá mediante reglamento, determinación administrativa, carta circular o boletín informativo de carácter general la forma y manera en que se aplicarán las exenciones aquí dispuestas.

Artículo 3.- Esta Ley entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.

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Enmiendas1 enmienda relacionadas con esta ley

Esta ley no ha sido enmendada **

Esta ley modifica 1 ley **

Ver Ley 1-2011
Adición
Sección 1031.02

Se añade el inciso (38) a esta sección, el cual establece que, a partir del 1 de enero de 2023, estarán exentos de toda tributación los salarios pagados retroactivamente a los empleados civiles del Negociado de la Policía de Puerto Rico por concepto de los aumentos salariales otorgados en virtud de la Ley 164-2003 y cualesquiera otros ingresos que se generen por promociones posteriores de acuerdo a las escalas salariales, que aún se adeuden.

** Aún estamos procesando enmiendas, puede que falte Información.

Votación

Cámara de Representantes

LegisladorVoto
Ángel A. Fourquet Cordero
A Favor
Angel L. Bulerín Ramos
Ausente
Ángel Morey Noble
A Favor
Angel N. Matos García
A Favor
Ángel R. Peña Ramírez
Ausente
Carlos J. Méndez Núñez
A Favor
Deborah Soto Arroyo
A Favor
Denis Márquez Lebrón
A Favor
Domingo J. Torres García
A Favor
Eddie Charbonier Chinea
A Favor
Edgardo Feliciano Sánchez
A Favor
Eladio J. Cardona Quiles
A Favor
Er Yazzer Morales Díaz
A Favor
Estrella Martínez Soto
A Favor
Gabriel Rodríguez Aguiló
A Favor
Gretchen M. Hau
A Favor
Héctor E. Ferrer Santiago
A Favor
Jessie Cortés Ramos
A Favor
Jesús Manuel Ortiz González
A Favor
Jesús Santa Rodríguez
A Favor
Jocelyne M. Rodríguez Negrón
A Favor
Joel Franqui Atiles
A Favor
Joel Sánchez Ayala
A Favor
Jorge A. Rivera Segarra
A Favor
Jorge Navarro Suárez
A Favor
José B. Márquez Reyes
A Favor
José Enrique Meléndez Ortiz
A Favor
José E. Torres Zamora
Ausente
José F. Aponte Hernández
A Favor
José Hernández Concepción
A Favor
José H. Rivera Madera
A Favor
José Jesús Pérez Cordero
A Favor
José M. Varela Fernández
A Favor
José O. González Mercado
A Favor
Juan J. Santiago Nieves
A Favor
Lisie J. Burgos Muñiz
A Favor
Luis Pérez Ortiz
A Favor
Luis Raúl Torres Cruz
A Favor
Luis R. Ortiz Lugo
A Favor
Lydia R. Méndez Silva
A Favor
María de Lourdes Ramos Rivera
A Favor
Mariana Nogales Molinelli
A Favor
Orlando Aponte Rosario
En Contra
Rafael Hernández Montañez
A Favor
Ramón Luis Cruz Burgos
A Favor
Roberto Rivera Ruiz de Porras
A Favor
Sol Yamiz Higgins Cuadrado
A Favor
Víctor L Parés Otero
A Favor
Wanda Del Valle Correa
A Favor
Wilson J. Román López
Ausente
Yashira M. Lebrón Rodríguez
A Favor