Ley 160 del 2015
Resumen
Esta ley deroga el cargo especial del 2% impuesto a los negocios de transferencia monetaria por cada transferencia realizada desde Puerto Rico, eliminando secciones específicas de la Ley para Regular los Negocios de Servicios Monetarios y derogando otras leyes relacionadas.
Contenido
LEY
Para eliminar el inciso
(i) , y reenumerar los subsiguientes, en la Sección 1.2 del Capítulo 1, y eliminar en su totalidad, las Secciones 3.10, 3.11 y 3.12 del Capítulo 3 de la Ley 136-2010, según enmendada, conocida como "Ley para Regular los Negocios de Servicios Monetarios", a los fines de derogar el cargo especial impuesto a todo Negocio de Transferencias Monetarias por cada transferencia monetaria, según dicho término se define en esta Ley, tramitada o completada por medios electrónicos, cheque, giro, fax, transporte aéreo o por otros medios, desde la jurisdicción de Puerto Rico, incluyendo cualquiera de sus municipios, hacia alguna entidad, persona o empresa; derogar la Ley 136-2014, según enmendada, y la Ley 196-2014; y para otros fines relacionados.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Esta Asamblea Legislativa entiende meritorio eliminar en su totalidad el cargo especial de dos (2) por ciento impuesto a todo negocio de Transferencia Monetaria por cada transferencia tramitada o completada por medios electrónicos, cheque, giro, fax, transporte aéreo o por otros medios, desde la jurisdicción de Puerto Rico, incluyendo cualquiera de sus municipios, hacia alguna entidad, persona o empresa.
DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Artículo 1.- Se elimina el inciso
(i) , y se reenumera los subsiguientes, en la Sección 1.2 del Capítulo 1 de la Ley 136-2010, según enmendada, para que lea como sigue: "Sección 1.2.-Definiciones Para los propósitos de esta Ley, se adoptan las siguientes definiciones:
(a) ...
(i) ...
(j) ...
(k) ...
(m) ...
(n) ... (ñ) ...
(o) ...
(p) ...
(q) ...
(r) ...
(s) ...
(t) ...
(u) ...
(v) ...
(w) ...
(x) ...
(y) ...
(z) ..." $(z)$... Artículo 2.- Se eliminan en su totalidad las Secciones 3.10, 3.11 y 3.12 del Capítulo 3 de la Ley 136-2010, según enmendada.
Artículo 3.- Se deroga en su totalidad la Ley 136-2014, según enmendada. Artículo 4.- Se deroga en su totalidad la Ley 196-2014. Artículo 5.- Las disposiciones de esta Ley tendrán efecto prospectivo, disponiéndose que cualquier cantidad recaudada por concepto de este cargo especial será distribuida conforme había sido establecido.
Artículo 6.- Esta Ley entrará en vigor inmediatamente después de su aprobación.
DEPARTAMENTO DE ESTADO Certificaciones, Reglamentos, Registro de Notarios y Venta de Leyes Certifico que es copia fiel y exacta del original Fecha: 1 de octubre de 2015 Firma: $\qquad$ $y_{y} \boldsymbol{c}$ Francisco J. Rodríguez Bernier Secretario Auxiliar de Servicios