Ley 14 del 2015
Resumen
Esta ley declara el árbol conocido como La Ceiba de la Libertad, ubicado en el Cerro de la Libertad del Municipio Autónomo de San Germán, como Recurso de Valor Histórico, Natural y Cultural. La ley instruye al Instituto de Cultura Puertorriqueña y al Departamento de Recursos Naturales y Ambientales a colocar una tarja conmemorativa.
Contenido
LEY
Para declarar como Recurso de Valor Histórico, Natural y Cultural el árbol conocido como La Ceiba de la Libertad, ubicado en el Cerro de la Libertad del Municipio Autónomo de San Germán.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El 25 de noviembre de 1897 el gobierno español, por Real Decreto, otorgó a la Isla de Puerto Rico la Carta Autonómica. En ella se establecía, entre otras cosas, un sistema de gobierno parlamentario dividido en tres ramas: la Ejecutiva, la Legislativa, y la Judicial. Este acontecimiento fue celebrado por varios meses en todos los pueblos de Puerto Rico. Los residentes del pueblo de San Germán se unieron a dicha celebración con el consabido "A Ti, Dios" o "Te Deum" en la Iglesia Parroquial.
Dicta la historia que, como parte de esta celebración, los sangermeños organizaron un desfile hacia la loma, donde el 18 de febrero de 1898 sembraron un árbol de ceiba al que se le conoce como La Ceiba de la Libertad; a esta loma en donde fue sembrada también se le conoce como el Cerro de la Libertad. Este árbol de incalculable valor histórico, natural y cultural se encuentra ubicado al noroeste del pueblo al final de la Calle Lorencita Ramírez de Arellano (antes Calle Esperanza), en los terrenos de la Familia Almodóvar.
Por más de 116 años, La Ceiba de la Libertad ha sido testigo del crecimiento del pueblo de San Germán, siendo uno de los lugares históricos a visitar en dicho pueblo. Dado a lo aquí expuesto entendemos meritorio el que se reconozca como Recurso de Valor Histórico, Natural y Cultural el árbol conocido como "La Ceiba de la Libertad", ubicado en el cerro que lleva su nombre del Municipio Autónomo de San Germán.
DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Artículo 1.- Título Esta Ley se conocerá como "Ley para declarar La Ceiba de la Libertad" como recurso de valor histórico, natural y cultural de Puerto Rico.
Artículo 2.- Se declara como recurso de valor histórico, natural y cultural de Puerto Rico al árbol conocido como "La Ceiba de la Libertad", ubicado en el pueblo de San Germán, en los terrenos de la Familia Almodóvar.
Artículo 3.- El Instituto de Cultura Puertorriqueña, conjuntamente con el Departamento de Recursos Naturales y Ambientales, colocará una tarja al frente de la Ceiba donde hará constar la declaración de la misma como recurso de valor histórico, cultural y natural que por la presente Ley se establece. En el cumplimiento de esta disposición, el Instituto de Cultura Puertorriqueña podrá establecer acuerdos y alianzas colaborativas con el municipio de San Germán, con agencias e instrumentalidades del Estado.
Artículo 4.- Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
DEPARTAMENTO DE ESTADO
Certificaciones, Reglamentos, Registro de Notarios y Venta de Leyes Certifico que es copia fiel y exacta del original Fecha: 18 de febrero de 2015
Francisco J. Rodríguez Bernier Secretario Auxiliar de Servicios