Ley 171 del 2013

Resumen

Esta ley enmienda la "Ley de Empleos Ahora" (Ley 1-2013) para extender el periodo durante el cual los negocios elegibles pueden suscribir un Acuerdo Especial para la Creación de Empleos hasta el 31 de mayo de 2014. También modifica los requisitos para la clasificación de "Negocio en Expansión", reduciendo del 25% al 20% el aumento mínimo en la plantilla de empleados necesario para ser certificado bajo esta categoría.

Contenido

LEY

Para enmendar el Artículo 4.2 de la , según enmendada, conocida como la "Ley de Empleos Ahora", a fin de extender el periodo durante el cual todo Negocio Elegible bajo dicha Ley pueda suscribir un Acuerdo Especial para la Creación de Empleos; y para otros fines.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Ley Núm. 1 de 10 de febrero de 2013, según enmendada, conocida como la "Ley de Empleos Ahora" (en adelante, "LEA"), es parte esencial de nuestro esfuerzo por reactivar la economía de Puerto Rico a corto plazo. La LEA establece un programa de incentivos contributivos y económicos centrado en viabilizar la estabilidad y continuidad de las empresas existentes, a la vez que promueve la creación de pequeñas y medianas empresas mediante la otorgación de beneficios y subsidios a los negocios que resulten elegibles. La LEA es una de las herramientas más importantes en el Plan de Gobierno de Puerto Rico para viabilizar la creación de 50,000 empleos dentro de un término de 18 meses.

La LEA fue enmendada previamente por medio de la Ley Núm. 54 de 5 de julio de 2013 a los fines de ampliar los criterios de elegibilidad como Negocio Elegible, expandir el alcance de algunos de los incentivos, y extender el periodo para suscribir Acuerdos Especiales para la Creación de Empleos. En aras de maximizar la efectividad de la LEA para promover la creación de empleos, la enmienda contenida en esta Ley extiende nuevamente el periodo durante el cual toda empresa interesada que opere en Puerto Rico puede solicitar una Certificación como Negocio Elegible para acogerse a los beneficios otorgados en virtud de la LEA y suscribir un Acuerdo Especial para la Creación de Empleos.

La presente medida extiende el término estatutario para la firma de Acuerdos Especiales para la Creación de Empleos por cuatro meses adicionales-es decir, hasta el 31 de mayo de 2014. Según lo dispuesto en la Exposición de Motivos de la LEA, el propósito central de dicho estatuto es incentivar el establecimiento de nuevas empresas, y la expansión de aquellas ya existentes, lo cual a su vez genera nuevos empleos. El término adicional objeto de esta enmienda brinda aún mayor oportunidad para que las empresas que estén interesadas en participar de los incentivos ofrecidos bajo la LEA y motivadas por las enmiendas recientes de la Ley Núm. 54, supra, puedan presentar sus solicitudes y suscribir acuerdos para la creación de empleos oportunamente.

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Además, y según sugerido por sectores empresariales del país, esta Ley modifica uno de los requisitos de la clasificación de Negocio en Expansión para que más empresas puedan ser certificadas bajo la misma. Específicamente, la enmienda al respecto reduce del 25% al 20% el aumento mínimo en la plantilla de empleados necesarios para que una empresa pueda ser certificada como Negocio en Expansión.

DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Artículo 1.- Se enmienda el inciso

(d) del Artículo 1.3 de la , según enmendada, para que lea como sigue: "Artículo 1.3- Definiciones

(a) ...

(b) ...

(c) ...

(d) Expansión de Negocio Existente- abarca un Negocio Elegible que haya estado operando al 31 de diciembre de 2012 y que:

(i) realice una inversión de capital equivalente de al menos 25% del valor en los libros de sus activos a dicha fecha; (ii) haya aumentado su número de empleados a tiempo completo (cuarenta (40) horas semanales), o contemple aumentar dicho número, en al menos 20% entre el 1 de enero de 2013 y el 30 de junio de 2014; o (iii) haya realizado cambios en su operación (como añadir productos o una línea de negocios) que, a discreción del Director Ejecutivo, constituyan una expansión del Negocio Existente que producirá beneficios económicos para la comunidad en la que el Negocio Existente opera, sin menoscabar la competitividad de otros Negocios Existentes."

Artículo 2.- Se enmienda el Artículo 4.2 de la , para que se lea como sigue: "Artículo 4.2.-Periodo para Suscribir un Acuerdo Especial para la Creación de Empleos-

La Compañía deberá emitir un aviso al público notificando el procedimiento para suscribir el Acuerdo Especial para la Creación de Empleos dentro de los treinta (30) días a partir de la aprobación de esta Ley. El Negocio Elegible tendrá quince (15) meses a partir de la fecha de la publicación del aviso

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para suscribir el Acuerdo Especial con la Compañía. Es decir, todo Acuerdo Especial con la Compañía bajo la Ley de Empleos Ahora deberá ser suscrito por los Negocios Elegibles en o antes del 31 de mayo de 2014.

No obstante, los Acuerdos que hayan sido firmados dentro de dicho periodo de quince (15) meses continuarán en vigor según se establezca en esta Ley y en dichos Acuerdos."

Artículo 3.- Vigencia Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

DEPARTAMENTO DE ESTADO

Certificaciones, Reglamentos, Registro de Notarios y Venta de Leyes Certifico que es copia fiel y exacta del original

Firma: $\qquad$ Francisco J. Rodríguez Bernier Secretario Auxiliar de Servicios

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Enmiendas2 enmiendas relacionadas con esta ley

Esta ley no ha sido enmendada **

Esta ley modifica 1 ley **

** Aún estamos procesando enmiendas, puede que falte Información.