Ley 125 del 2011

Resumen

Esta ley deroga la Ley Núm. 136 de 15 de mayo de 1937, la cual establecía los principios de la eugenesia en la enseñanza, divulgación y consejería en hospitales y centros de salud públicos de Puerto Rico. La exposición de motivos explica el concepto de eugenesia, su origen histórico y las críticas que ha recibido por su relación con el racismo científico, la discriminación y las violaciones a los derechos civiles, lo que justifica su derogación.

Contenido

(P. de la C. 2085)

LEY

Para derogar la Ley Núm. 136 de 15 de mayo de 1937, que establece en Puerto Rico los principios de la eugenesia en la enseñanza, divulgación y consejería en los hospitales, unidades y centros de salud públicos.

EXPOSICION DE MOTIVOS

Con la aprobación de la Ley Núm. 136 de 15 de mayo de 1937, se reglamentó en Puerto Rico la enseñanza, divulgación y consejería de los principios de eugenesia en las unidades de salud pública y centros prenatales, maternología, de puericultura y clínicas u hospitales de maternidad públicos.

El Diccionario de la Real Academia Española define eugenesia como "la aplicación de las leyes biológicas de la herencia al perfeccionamiento de la especie humana".

El concepto de eugenesia fue utilizado por primera vez en el año 1883, por el científico británico Francis Galton, quien la describió como el estudio que tiene como objeto el perfeccionamiento de las cualidades raciales de las generaciones futuras, tanto en lo mental como en lo físico. Una definición más actualizada de la eugenesia se describe como la ciencia que estudia todos los factores que mejoran las cualidades de la raza humana mediante el control de los factores hereditarios. Kenneth L. Garver, M.D., Ph.D. The Human Genome Project and Eugenic Concerns, American Iournal of Human Genetics, 54:148-158 (1994).

Como teoría social predominante en muchos ámbitos entre el Siglo XIX y XX, la eugenesia fue asimilada en gran parte del pensamiento occidental. Mediante ésta se planteó la selección de las personas más sobresalientes para que procrearan entre ellas y así lograr una sociedad más justa y libre de enfermedades sociales.

La eugenesia clásica, en la medida en que fue aplicada, se caracterizó por limitar los derechos reproductivos individuales en aras de la salud genética de las generaciones futuras, en promover la eutanasia involuntaria y la discriminación genética.

En las décadas siguientes a la Segunda Guerra Mundial, los principios eugenésicos fueron objeto de gran crítica y de repudio por la comunidad científica internacional, como resultado de las prácticas genocidas del régimen nazi en Alemania, y décadas más tarde por razón de los programas de esterilización forzosa impuestas por el estado en diferentes países en el mundo.

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Por razón de la norma que propone y a su relación histórica con el racismo científico, los principios de la ética, la discriminación coercitiva y violaciones a los derechos civiles de las personas, la eugenesia no es aceptada en la comunidad científica, por lo cual procede su derogación por el Gobierno de Puerto Rico.

DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:

Artículo 1.- Se deroga la Ley Núm. 136 de 15 de mayo de 1937. Artículo 2.- Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.

Presidenta de la Cámara $\qquad$ $\qquad$ $\qquad$

DEPARTAMENTO DE ESTADO

Certificaciones, Reglamentos, Registro de Notarios y Venta de Leyes Certifico que es copia fiel y exacta del original.

14 de julio de 2011

Firma: Eduardo Arosemena Muñoz Secretario Auxiliar de Servicios

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Enmiendas1 enmienda relacionadas con esta ley

Esta ley no ha sido enmendada **

Esta ley modifica 1 ley **

** Aún estamos procesando enmiendas, puede que falte Información.