Ley 48 del 2009
Resumen
Esta ley crea el "Fondo Especial para el Estuario de la Bahía de San Juan" para financiar la restauración y conservación de este importante recurso natural. El fondo se nutrirá de aportaciones voluntarias de los contribuyentes en sus planillas de impuestos, la venta de tablillas especiales para vehículos con diseño marino y donativos de turistas y viajeros de cruceros. Los fondos serán administrados por la Corporación para la Conservación del Estuario de la Bahía de San Juan y se utilizarán para parear fondos federales e implementar el Plan Integral de Manejo y Conservación del Estuario.
Contenido
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
$16^{ ext {ta }}$ Asamblea Legislativa
ORIGINAL
$1^{ ext {ra }}$ Sesión Ordinaria
SENADO DE PUERTO RICO
25 de junio de 2009
Informe Positivo sobre el P. de la C. 779
AL SENADO DE PUERTO RICO:
Vuestra Comisión de Hacienda, previo estudio y consideración del P. de la C. 779, recomienda a este Alto Cuerpo Legislativo, la aprobación de esta medida con las enmiendas presentadas en el entirillado electrónico que se acompaña.
ALCANCE DE LA MEDIDA
El P. de la C. 779 tiene el propósito crear el "Fondo Especial para el Estuario de la Bahía de San Juan" dirigido a la restauración de sus cuerpos de agua, por medio del desarrollo de las acciones que incluye el Plan Integral de Manejo y Conservación del Estuario de la Bahía de San Juan; y para otros fines.
Se expone que la medida va dirigida a mantener un medio ambiente y los recursos naturales sanos y limpios para las futuras generaciones. El Estuario de la Bahía de San Juan es uno de los recursos naturales más importante para la economía y los ecosistemas del país y es uno de los recursos más adversamente impactados por el desarrollo desarticulado de su cuenca hidrográfica.
El propósito principal de esta Ley es la creación de un "Fondo Especial para el Estuario de la Bahía de San Juan", mediante la aportación voluntaria anual de los contribuyentes en sus planillas. Asimismo, se establece que el ciudadano tendrá la opción de pagar treinta (30) dólares anuales adicionales para que su tablilla, emitida por el Departamento de Transportación y Obras Públicas, tenga un diseño con motivo de vida marina, referente al Estuario de la Bahía de San Juan. Además, una forma de contribuir a la restauración del Estuario es por medio de donativos que hagan llegar al Fondo Especial los usuarios, turistas y viajeros que llegan en cruceros a la Bahía de San Juan. Estos dineros deberán ser invertidos por la Corporación para la Conservación del Estuario de la Bahía de San Juan para parear fondos federales o en la implementación de su Plan Integral de Manejo y Conservación.
RESUMEN DE PONENCIAS
Para cumplir con el deber ministerial, esta Comisión le solicitó memoriales explicativos al Departamento de Transportación y Obras Publicas, a la Autoridad de Puestos y al Departamento de Hacienda. Al momento de redactar este informe contamos con el memorial del Departamento de Hacienda y del Consorcio del Estuario de la Bahía de San Juan. Además, consideramos expresiones de las otras agencias ofrecidas durante la evaluación del PC 4056 que fue evaluado el cuatrienio pasado.
El Departamento de Hacienda expresa que el propósito de la medida es crear el "Fondo Especial para el Estuario de la Bahía de San Juan", mediante la aportación voluntaria anual de los contribuyentes en sus planillas. A tales fines, la medida propone incorporar en la Planilla de Contribución sobre Ingresos un encasillado indicando la cantidad del reintegro que el contribuyente desea aportar al Fondo Especial para el Estuario de la Bahía de San Juan.
Dentro de los aspectos que conciernen a su Departamento, mencionan que la medida les impondrá la obligación de incorporar un encasillado donde el contribuyente que recibe reintegro pueda donar libre y voluntariamente parte de éste para destinarlo a los fines que persigue la medida. En este sentido, el Departamento tendrá que programar es espacio indicado dentro de la planilla de contribución sobre ingresos para el año contributivo 2009. A su vez, deben manejar la distribución del reintegro al Fondo Especial. Sin embargo, ya que entienden los méritos del proyecto de referencia, así como el hecho que la medida no impacta significativamente el Departamento, no tienen objeción a que se continué con el trámite de la presente pieza legislativa.
Por otro lado, exponen que no todos los contribuyentes que radican su planilla en el Departamento reciben reintegro, toda vez que esto dependerá de la responsabilidad contributiva de cada uno. A tenor con las estadísticas del Área de Procesamiento de Planillas del Departamento, del total de Planillas de Contribución sobre Ingresos de Individuos, aproximadamente, el 60% de los contribuyentes reciben reintegro. No obstante, desconocen qué cantidad de contribuyentes estarían dispuestos a destinar parte de su reintegro a los motivos que establece este proyecto.
El Consorcio del Estuario de la Bahía de San Juan reconoció el compromiso de la Comisión y este Alto Cuerpo con el Estuario de la Bahía de San Juan al radicar esta medida. El Consorcio del Estuario enfatizó tres conceptos básicos en los cuales fundamentan su apoyo, estos son "Salud, Hogar y Legado". Entienden en primer lugar, la Salud porque sus trabajos están íntimamente relacionados con el muestreo y detección de fuentes de diversos tipos de contaminación para lograr eliminarlos. En segundo lugar expresan Hogar, ya que trabajan cada día con proyectos dirigidos a desarrollar un nuevo sentido del lugar en la ciudad considerando como prioritario los recursos naturales y riquezas de las tierras de Puerto Rico.
A continuación expondremos las opiniones dadas por diferentes agencias durante el cuatrienio sobre esta medida:
El Depatamento de Recursos Naturales y Ambientales (DRNA), entiende que el Estuario de la Bahía de San Juan es un sistema interconectado de bahías, canales y lagunas que se comunican con el Océano Atlántico por la Bahía de San Juan, la Laguna del Condado y la Laguna de Torrecilla. Enfatizan que el Estuario es de gran importancia ya que apoya la mayor área turística en Puerto Rico con aproximadamente 1.1 millones de pasajeros de cruceros que llegan cada año al Puerto de San Juan y 9.8 millones de viajeros que llegan por avión y sirve de hogar a mas de 160 especies de pájaros, 19 especies de reptiles, 87 especies de peces y 300 especies de plantas de humedal.
El DRNA apoya esta intención legislativa y recomienda su aprobación con el aval de las siguientes agencias; el Departamento de Hacienda, Departamento de Transportación y Obras Públicas y la Autoridad de los Puertos.
La Junta de Calidad Ambiental (JCA), expresó que en el sistema del Estuario de la Bahía de San Juan se llevan a cabo una diversidad de actividades humanas que han influenciado de muchas formas la calidad de agua y sedimentos en el estuario, deteriorando así en muchos casos sus funciones y valores. Dicha calidad se ve afectada tanto por fuentes precisas como por fuentes dispersas de contaminación.
En general, enfatizan que la contaminación de fuentes precisas proviene de un punto o lugar de descarga fácilmente identificable e incluye las descargas autorizadas de instalaciones como plantas sanitarias de tratamiento y lugares industriales. Indican que reconociendo la importancia de este sistema estuarino en el 1992 el Gobernador de Puerto Rico nominó al Estuario de la Bahía de San Juan ante el Programa Nacional de Estuarios de la Agencia Federal de Protección Ambiental.
Reconocen la importancia de establecer los medios para proveer los fondos necesarios para este esfuerzo de restauración y conservación del Estuario de la Bahía de San Juan, sin embargo, recomiendan se le soliciten comentarios al Departamento de Hacienda, al Departamento de Transportación y Obras Públicas y a la Autoridad de los Puertos por ser las agencias que hablan de implantar esta legislación.
La Junta de Planificación de Puerto Rico (JP) indicó que el Programa del Estuario de la Bahía de San Juan establece una serie de metas dirigidas a mejorar las condiciones ambientales en el estuario. Se promueve una política comprensiva de calidad de agua, para lograr la integridad de los recursos marinos y los ecosistemas terrestres; desarrollar un marco administrativo y reglamentador para el Sistema del Estuario que sirva de modelo a otros sistemas estuarinos; optimizar los beneficios sociales, económicos y recreativos asociados con el sistema del Estuario; evitar una mayor degradación y mejorar la calidad del agua para garantizar la existencia de
comunidades terrestres y acuáticas saludables y el bienestar social; minimizar los riesgos a la salud asociados con el contacto humano con las aguas superficiales y el consumo de especies acuáticas
A base de las metas establecidas en el Programa, el Plan Integral de Manejo y Conservación presenta información sobre el estado y situación del estuario y las soluciones propuestas para tratar con los problemas identificados. La implantación de estas recomendaciones y acciones es sumamente importante para lograr los objetivos del Programa y el Plan para el Estuario. La JP Endosa la medida.
El Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), expresó no tener objeción a la aprobación de este Proyecto. Mencionan que la vía acuática que se interesa proteger merece que todos, tanto agencias gubernamentales como el sector privado y la ciudadanía en general, apoyen la consecución de este objetivo.
En su memorial explicativo expresan que están en la mejor disposición de coordinar esfuerzos con la Corporación para la Conservación del Estuario de la Bahía de San Juan para elaborar el diseño más representativo del Estuario a utilizarse en las tablillas especiales que eventualmente tendríamos disponibles para aquellos dueños de vehículos de motor que voluntariamente quieran adquirir las mismas. Basado en las estadísticas del Departamento de Hacienda, hay un total aproximado de 994,319 contribuyentes, si los mismos aportaran los $10.00 anuales, el Fondo Especial propuesto recaudaría aproximadamente $9,943,190.00. Además, cada contribuyente voluntario tendrá la opción de pagar $15.00 anuales para que su tablilla, emitida por el Departamento de Transportación y Obras Públicas, tenga un distintivo de la vida marina del Estuario de la Bahía de San Juan.
Por otro lado, señalan que la fabricación de cada tablilla asciende a $2.28, por lo cual quedaría un sobrante de $12.72 por unidad dirigido al fondo Especial para este propósito. Reconocen la singular importancia que la aprobación de esta medida tiene para nuestro país, y por ello respaldan su aprobación sin reserva alguna.
La Autoridad de los Puertos (AP) señala que el Estuario de la Bahía de San Juan es un recurso natural que forma parte del entorno de la zona metropolitana y sirve como hábitat de especies diversas que cohabitan en él.
Según la Autoridad la medida está programada para considerar y evaluar alternativas para la obtención de fondos adicionales para la operación de la oficina que está encargada de dirigir los esfuerzos que se realizan interagencialmente en diferentes proyectos cuyo fin es preservar tan importante sistema. Según la AP las donaciones no son un cargo que se cobrará a los pasajeros de los barcos cruceros y a los agentes navieros, lo procedente es establecer en los muelles turísticos unos rótulos donde se establezca las razones del donativo y en dónde lo pueden hacer.
ANÁLISIS DE LA MEDIDA
El Proyecto de la Cámara Número 779 propone crear el Fondo Especial para el Estuario de la Bahía de San Juan dirigido a la restauración de sus cuerpos de agua, por medio del desarrollo de las acciones que incluye el Plan Integral de Manejo y Conservación del Estuario de la Bahía de San Juan.
Se destaca que el Estuario de la Bahía de San Juan tiene una importancia medular para la economía del país. En términos del comercio internacional e interestatal, recibe anualmente el 80% de los productos importados a Puerto Rico y los puertos de la Bahía ocupan el número 17 en tamaño en todo el mundo. Sobre mil pescadores usan el estuario todos los años, con un promedio de pesca de 350,000 libras de pescado fresco. En el área de turismo, la Bahía la visitan sobre 1.3 millones de turistas en un promedio de 700 cruceros al año. El Aeropuerto Internacional Luis Muñoz Marín, que se encuentra en los bordes de aguas del Estuario, recibe 9.8 millones de viajeros en avión.
Luego se realizar el estudio sobre la medida, la Comisión entiende que es fundamental para el desarrollo socioeconómico de Puerto Rico iniciativas como ésta, ya que se traducen en políticas públicas efectivas para atraer mayor turismo a Puerto Rico, y en el fomento de los Recursos Naturales locales así como para combatir el problema de contaminación global que tanto afecta la calidad de vida de todos los puertorriqueños y puertorriqueñas.
Con la aprobación de esta medida la Comisión resalta:
- Se contribuirá al desarrollo de actividades y programas de restauración ecológica en manos de una entidad sin fines de lucro, la Corporación para la Conservación del Estuario de la Bahía de San Juan. $\star$ Se contribuirá a una mayor educación sobre la importancia de los Recursos Naturales en Puerto Rico. $\star$ Existirá una mayor consistencia y uniformidad en los procesos ambientales en Puerto Rico. $\star$ Se aumentará la inversión y el apoyo a un programa local que representa una iniciativa para que el puertorriqueño tenga información sobre la importancia de los Recursos Naturales de Puerto Rico.
Finalmente, debemos mencionar que esta medida no tiene impacto sobre los recaudos al Fondo General. El Departamento de Hacienda expone que aunque la misma si impacta su presupuesto funcional, el mismo no es significativo. Siendo así, no tienen objeción a que se continúe el trámite de la pieza legislativa.
Por todo lo antes expuesto, vuestra Comisión de Hacienda, previo estudio y consideración, muy respetuosamente, somete el informe sobre el Proyecto de la Cámara 779, recomendando su aprobación con las enmiendas contenidas en el entirillado electrónico que se acompaña.
IMPACTO FISCAL ESTATAL
En cumplimiento con el Artículo 8 de la Ley Num. 103 de 2006, esta Comisión de Hacienda evalúo esta medida en términos fiscales al considerar los comentarios del Departamento de Hacienda lo propio. Esta agencia indicó que la misma no conlleva impacto fiscal adicional que impacte los recaudos al Fondo General.
IMPACTO FISCAL MUNICIPAL
En cumplimiento con la Sección 32.5 del Reglamento del Senado de Puerto Rico, esta Comisión evaluó la presente medida y entiende que la aprobación de la misma, no conllevaría ningún impacto fiscal significativo sobre los gobiernos municipales.
CONCLUSIÓN
Por las razones expuestas anteriormente, la Comisión de Hacienda recomienda la aprobación del Proyecto de la Cámara Núm. 779 con las enmiendas presentadas en el entirillado electrónico.
Esta medida fue discutida en Reunión Ejecutiva por la Comisión de Hacienda. Respetuosamente sometido,
Migdalia Padilla Alvelo Presidenta Comisión de Hacienda mdc
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
16ta. Asamblea Legislativa 1ra. Sesión Ordinaria
CAMARA DE REPRESENTANTES
P. de la C. 779
16 DE ENERO DE 2009 Presentado por el representante Chico Vega y suscrito por el representante Navarro Suárez
Referido a las Comisiones de Desarrollo Integrado de la Ciudad Capital; y de Desarrollo Económico, Planificación, Comercio, Industria y Telecomunicaciones
LEY
Para crear el "Fondo Especial para el Estuario de la Bahía de San Juan" dirigido a la restauración de sus cuerpos de agua, por medio del desarrollo de las acciones que incluye el Plan Integral de Manejo y Conservación del Estuario de la Bahía de San Juan; y para otros fines.
EXPOSICION DE MOTIVOS
Un estuario es un cuerpo de agua costero donde el agua dulce de los ríos se mezcla con el agua salada del mar. El sistema del Estuario de la Bahía de San Juan incluye la Laguna del Condado, Bahía de San Juan, la Laguna San José, la Laguna los Corozos, la Laguna Torrecilla y la Laguna Piñones, así como los canales que interconectan estos cuerpos de agua, como el Canal San Antonio, Canal Suárez el Caño Martín Peña, Canal Puerto Nuevo, Vieja Boca Río Bayamón. También incluye otros sistemas asociados con el Estuario, tales como la Ciénaga, Las Cucharillas, Bosque Estatal de Piñones, las playas arenosas de Isla Verde, Piñones y El Escambrón, comunidades coralinas y dunas de arena.
El Estuario de la Bahía de San Juan tiene una importancia medular para la economía del país. En términos del comercio internacional e interestatal, recibe anualmente el 80% de los productos importados a Puerto Rico y los puertos de la Bahía de San Juan ocupan el número 17 en tamaño en todo el mundo. Sobre mil pescadores usan el estuario con un promedio anual de pesca de 350,000 libras de pescado fresco.
En el área de turismo, la Bahía es visitada por sobre 1.3 millones de turistas en un promedio de 700 viajes de cruceros al año. El Aeropuerto Internacional Luis Muñoz Marín, que se encuentra en los bordes de las aguas del Estuario, recibe 9.8 millones de viajeros en avión al año.
El Estuario de la Bahía de San Juan funciona también como una de las principales válvulas de escape para controlar inundaciones en el Area Metropolitana. Tanto un tercio de la población, como el Aeropuerto Internacional y los muelles de la Bahía, dos de los ejes de la economía del país, dependen del bienestar de estos cuerpos de agua para su permanencia y desarrollo. Incluso, el Palacio de Santa Catalina o La Fortaleza, se encuentra localizada cerca de una de las bocas de entrada de agua salada al sistema del Estuario.
En las inmediaciones del Estuario se localizan también algunos de los parques de recreación más importantes del país, como el Parque Central, que incluye el Paseo Lineal Enrique Martí Coll, localizado en parte del Caño Martín Peña; el Parque Julio Enrique Monagas; el Parque Luis Muñoz Marín, el Parque Jaime Benítez, y el Parque Ecoturístico (Parque Adolfo Dones Rosario) el Parque de Isla de Cabras y el Parque Muñoz Rivera.
Por otro lado, algunos de los monumentos y lugares históricos de mayor relevancia para Puerto Rico se encuentran en el Estuario, como El Castillo San Felipe del Morro, el Cañuelo, el Castillo San Cristóbal, el Fuerte de San Gerónimo y la ciudad amurallada del Viejo San Juan.
En términos de importancia ecológica, el Estuario ofrece alimento y refugio a ocho (8) especies de animales y diecisiete (17) plantas en peligro de extinción, como el manatí antillano y varias especies de tortugas marinas, entre ellas el carey y el tinglar. También ofrece refugio a ciento sesenta (160) especies de aves, como el pelícano pardo y la garza real; diecinueve (19) especies de reptiles y anfibios, como el coquí y la boa de Puerto Rico; ciento veinticuatro (124) especies de peces, como el sábalo y el róbalo y trescientas (300) especies de plantas de humedal.
El Estuario de la Bahía de San Juan ocupa el treinta y tres ( 33% ) por ciento del total de todos los mangles en Puerto Rico, un ecosistema que hace falta para aliviar el calentamiento global. Además, es una barrera natural contra marejadas y es un área de
retención y deposición de sedimentos; materiales de grano fino que no pasan al mar, donde podrían afectar el bienestar de los arrecifes de coral.
La cuenca del Estuario de la Bahía de San Juan está casi completamente urbanizada por lo que conocemos como el Area Metropolitana e incluye los municipios de Toa Baja, San Juan, Cataño, Guaynabo, Bayamón, Carolina, Loíza y Trujillo Alto. Los usos de terreno y las actividades humanas en estas áreas están íntimamente relacionados con los impactos adversos en la calidad del agua y el deterioro del Estuario.
Desde 1993 el Estuario de la Bahía de San Juan fue incluido por la Agencia Federal de Protección Ambiental (EPA) en el Programa Nacional de Estuarios, por lo que recibió el rango de estuario de importancia nacional. Al día de hoy sólo existen veintisiete (27) estuarios en el Programa Nacional de Estuarios de los Estados Unidos de América y el de Puerto Rico es el único estuario tropical.
El Estuario de la Bahía de San Juan cuenta con un Plan Integral de Manejo y Conservación, según requiere la Sección 320 de la "Ley de Aguas Limpias", pieza legislativa que dio origen al Programa Nacional de Estuarios en el 1987.
El 16 de abril de 1992, el Estado Libre Asociado de Puerto Rico nominó el sistema del Estuario de la Bahía de San Juan como candidato ante el Programa Nacional de Estuarios. Al ser aceptado en el Programa, en el 1993, el Estuario recibe anualmente fondos federales para adelantar la implantación de su Plan Integral de Manejo y Conservación. Esta asignación de fondos federales tiene que ser pareada por fondos locales.
El sistema financiero utilizado por el Consorcio del Estuario de la Bahía de San Juan consiste en recibir fondos de la Agencia Federal de Protección Ambiental y conseguir un pareo de fondos locales. Anualmente el Consorcio se da a la tarea de conseguir dichos fondos para poder operar su oficina y ayudar a las agencias en el proceso de implementación de su Plan Integral de Manejo y Conservación.
El propósito principal de esta Ley es la creación de un "Fondo Especial para el Estuario de la Bahía de San Juan", mediante la aportación voluntaria anual de los contribuyentes en sus planillas. A tales fines se incorporará un encasillado en las planillas sobre contribución de ingreso, en la cual el contribuyente podrá aportar una cantidad voluntaria hasta el total de su reintegro como aportación a la conservación del Estuario de la Bahía de San Juan.
Asimismo, se establece que el ciudadano tendrá la opción de pagar treinta (30) dólares anuales adicionales para que su tablilla, emitida por el Departamento de Transportación y Obras Públicas, tenga un diseño con motivo de vida marina, referente
al Estuario de la Bahía de San Juan. Estos fondos se utilizarán para costear la emisión de la tablilla y el restante para el Fondo Especial. Este tipo de medida ha sido adoptada por el Estado de la Florida, donde el Plan Integral de Manejo del Estuario de Indian River Lagoon se ve beneficiado por una medida similar. Otros estuarios de importancia nacional que están siendo apoyados por iniciativas similares son: "Long Island Sound", "Tampa Bay", "Delaware Estuary", "Delaware Inland Bays", "Buzzards Bay", "Massachusetts Bays" y "Barnegat Bay".
Entendemos de igual forma que una oportunidad para contribuir a la restauración del Estuario es por medio de donativos que hagan llegar al Fondo Especial los usuarios, turistas y viajeros que llegan en cruceros a la Bahía de San Juan.
Estos dineros deberán ser invertidos por la Corporación para la Conservación del Estuario de la Bahía de San Juan para parear fondos federales o en la implementación de su Plan Integral de Manejo y Conservación, que diseñó y promueve el Consorcio del Estuario de la Bahía de San Juan.
La presente Ley presenta también a los ciudadanos la oportunidad de desarrollar la filantropía hacia la causa de la protección ambiental y la conservación de nuestros recursos naturales.
Esta Asamblea Legislativa entiende menester aprobar legislación como ésta, que van dirigidas a los esfuerzos de mantener un medio ambiente y los recursos naturales sanos y limpios para las futuras generaciones. El Estuario de la Bahía de San Juan es uno de los recursos naturales más importante para la economía y los ecosistemas del país y es uno de los recursos más adversamente impactados por el desarrollo desarticulado de su cuenca hidrográfica.
DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
1 Artículo 1.-Se establece el "Fondo Especial para el Estuario de la Bahía de San 2 Juan" que será administrado por la Corporación para la Conservación del Estuario de la 3 Bahía de San Juan, una corporación sin fines de lucro. 4 Artículo 2.-Se ordena al Secretario de Hacienda del Estado Libre Asociado de 5 Puerto Rico, que a partir del año 2010, en el que se rinde la planilla del año 2009, 6 incorpore un encasillado en el cual los contribuyentes puedan deducir una suma de
1 dinero para ser donada al Estuario de la Bahía de San Juan, de la cantidad a ser 2 reintegrada por el Departamento de Hacienda al contribuyente.
3 Artículo 3.-Se ordena al Secretario del Departamento de Transportación y Obras 4 Públicas que desarrolle en colaboración con la Corporación para la Conservación del 5 Estuario de la Bahía de San Juan, la creación de una tablilla especial dedicada a este 6 importante recurso natural. Los ciudadanos tendrán la opción de pagar treinta (30) 7 dólares anuales por cada tablilla especial, asignándose (10) dólares a la directoría de 8 Servicios al Conductor (Disco) para costear la producción de la tablilla los cuales irán a 9 la cuenta especial de la Directoría, la cual recibe ingresos por concepto de "Tabillas 10 Especiales", conforme a lo establecido en el Artículo 2.17-Expedición y Uso de Tablillas 11 de Vehículos de Motor y Arrastre de la Ley de Vehículos de Puerto Rico y el restante 12 deberá depositarse en el "Fondo Especial del Estuario de la Bahía de San Juan".
Artículo 4.- Se ordena al Director Ejecutivo de la Autoridad de Puertos a 14 promover la aportación de donativos de parte de los usuarios, turistas y viajeros de los 15 cruceros que llegan a la Bahía de San Juan, aportaciones que se transferirán al "Fondo 16 Especial del Estuario".
Artículo 5.- "El Fondo Especial del Estuario de la Bahía de San Juan" podrá 18 recibir fondos adicionales de las Agencias del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, 19 sus dependencias y Corporaciones Públicas, de los Municipios y sus dependencias, además de instituciones privadas y de personas naturales o jurídicas que deseen aportar a la organización.
1 Artículo 6.-El Fondo Especial, será administrado por la Corporación para la 2 Conservación del Estuario de la Bahía de San Juan. La Corporación rendirá un informe 3 anual a la Asamblea Legislativa, a la Oficina del Gobernador y a la Oficina del 4 Contralor del Estado Libre Asociado de Puerto Rico sobre el uso y manejo de los fondos 5 que se reciben mediante esta Ley.
6 Artículo 7.-Las agencias mencionadas en los Artículos 2 al 4 deberán preparar un 7 primer informe sobre las acciones realizadas en concordancia a lo establecido por esta 8 Ley, no más tarde de los ciento ochenta (180) días después de su aprobación y 9 presentarán copias de dicho informe ante las Secretarías de ambos cuerpos de la 10 Asamblea Legislativa. Deberán dichas agencias presentar anualmente, no más tarde de sesenta (60) días de concluido cada año fiscal, un informe ante la Asamblea Legislativa resumiendo las acciones realizadas en cumplimiento a esta Ley.
13 Artículo 8.-La Corporación para la Conservación del Estuario de la Bahía de San 14 Juan le suministrará al Departamento de Transportación y Obras Públicas la suma de 15 mil (1,000) dólares para costear el diseño y producción de la tablilla dispuesta en el 16 Artículo 3 de esta Ley.
17 Artículo 9.-Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su 18 aprobación.