Ley 298 del 2006
Resumen
Esta ley ordena a la Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico denominar el actual Expreso Conector Río Hondo (PR-5) en el Municipio de Bayamón como "Avenida de los Deportes Emilio E. Huyke Colón", en reconocimiento a la trayectoria de Don Emilio E. Huyke Colón como figura cimera en el deporte puertorriqueño.
Contenido
(P. de la C. 2439)
LEY
Para ordenar a la Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, denominar "Avenida de los Deportes Emilio E. Huyke Colón" ${ }{2}$ la actual vía pública conocida como Expreso Conector Río Hondo (PR-5) ${ }{2}$ que transcurre por el Municipio de Bayamón.
EXPOSICION DE MOTIVOS
Es una tradición en Puerto Rico reconocer a sus grandes hombres y mujeres mediante la designación con sus nombres de facilidades públicas. Esta medida tiene esta intención mediante el reconocimiento de una figura cimera en el deporte puertorriqueño como Don Emilio E. Huyke Colón.
Nació Emilio E. Huyke Colón en Humacao, el 28 de febrero de 1912. Es hijo de don Juan B. Huyke Bocillo y de doña Carmen Colón Caballero.
Sus estudios primarios los hizo en Humacao. En el 1929, trabajó en el diario El Tiempo como redactor deportivo. También trabajó en varios diarios como El País y El Mundo, donde se hizo cargo de la "Página del Hogar" y colaboraba en la sección deportiva.
En el 1936, fue el Secretario de las Primeras Olimpiadas Puertorriqueñas y en ese mismo año fundó el Club de Futuras Estrellas del Baloncesto. En el 1938, fue Secretario de la Comisión de Baloncesto de la Zona Centroamericana y del Caribe.
En el 1937, don Emilio fundó la Federación Insular de Baloncesto, (F.I.B.) y Futuras Estrellas del Baloncesto, acción por la que se le bautizó como el Padre del Baloncesto Puertorriqueño. Fue presidente de esta Federación durante los años 1937-1942, 1945-1946 y 1981-1982. También, laboró como Secretario Ejecutivo de esta federación desde el 1978 hasta el momento de su muerte.
En el 1939, pasó a ocupar el cargo de Oficial Ejecutivo de la Comisión de Parques y Recreo Público. En el año 1940, regresó al periódico El Mundo, donde fue el primer editor.
Fue miembro fundador del Pabellón de la Fama del Deporte Puertorriqueño. Luego fue reclutado para ocupar el cargo de Secretario Ejecutivo de la Liga de Béisbol Profesional donde ascendió hasta ser el Vicepresidente Ejecutivo. En el 1956, fundó la Fraternidad de Escritores de Deportes. En el 1958, fue miembro de la Asamblea Constituyente del Comité Olímpico de Puerto Rico. Fue Secretario General del Comité Olímpico de Puerto Rico desde el 1964 hasta el 1972 y en 1966, fue el Presidente del Comité Organizador de los X Juegos Centroamericanos y del Caribe celebrados en la Isla.
Tuvo muchos espacidls de radio y televisión de los que se destacan "Boxing from de Forum".
Fue un escritor muy prolífico y poeta (uno de sus poemas más famoso es "La Futura Estrella"). Además, se destacó como cuentista, ensayista, novelista y escribió libretos de radio y televisión. Recibió numerosos premios por su labor en los deportes y en los medios de comunicación. Fue instalado al Pabellón de la Fama del Deporte Puertorriqueño como propulsor de los deportes y como cronista deportivo en 1968.
Es por tanto, que esta Asamblea Legislativa entiende meritoria la designación del Expreso Conector Río Hondo (PR-5), en Bayamón, como "Avenida de los Deportes Emilio E. Huyke Colón."
DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Artículo 1.- Se ordena a la Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico denominar como "Avenida de los Deportes Emilio E. Huyke Colón", la actual vía pública conocida como Expreso Conector Río Hondo (PR-5), que transcurre por el Municipio de Bayamón.
Artículo 2.- La Comisión Denominadora de Estructuras y Vías Públicas del Estado Libre Asociado de Puerto Rico tomará las medidas necesarias para dar cumplimiento a las disposiciones de esta Ley, sin sujeción a lo dispuesto en la Ley Núm. 99 de 22 de junio de 1961, según enmendada.
Artículo 3.- Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.
Presidente de la Cámara Presidente del Senado
DEPARTAMENTO DE ESTADO Certificaciones, Reglamentos, Registro de Notarios y Venta de Leyes Certifico que es copia fiel y exacta del original. Fecha 4 de gers de 2017 Firma: